Redacción- Este viernes 15 de diciembre vence el plazo para presentar y pagar, sin recargos, el impuesto sobre la renta del periodo fiscal 2017.
La declaración del impuesto sobre la renta la deben presentar todas aquellas personas físicas o jurídicas que hayan tendido actividad lucrativa entre el 1 de octubre del 2016 y el 30 de setiembre del 2017.
Actualmente, el Registro Único Tributario registra un total de 579.836 contribuyentes de este impuesto, el cual representa un 34% de la recaudación total de los impuestos recaudados por la Dirección General de Tributación. En el 2016 el monto recaudado fue de ¢1.416.217,8 millones.
Esta declaración debe confeccionarse y presentarse por medio del sistema Administración Tributaria Virtual (ATV) disponible en el sitio web www.hacienda.go.cr, sección “Servicios más utilizados”.
El pago se puede realizar por medio de conectividad en el sitio web de las entidades bancarias autorizadas o en sus ventanillas, con solo indicar el número de cédula, una vez presentada la declaración.
Aun cuando lo recomendable es no suministrar la contraseña ni la Tarjeta Inteligente Virtual (TIV) a otras personas, en caso de requerirlo el contribuyente puede autorizar a un usuario para presentar declaraciones a su nombre.
La no presentación de la declaración implica una sanción de medio salario base (¢213.100), más los intereses correspondientes por los días de atraso.
Para consultas, el interesado puede comunicarse al 2539-4000 ext. 1 o enviar un correo a infoyasistencia@hacienda.go.cr. También, puede consultar los tutoriales y guías rápidas para el uso de ATV disponibles en la página web de Hacienda, apartado Servicios Tributarios, sección Ayuda Audiovisual.