- Hay 28 ingredientes activos y 79 productos formulados con glifosato
Redacción- La Defensoría de los Habitantes pidió al Ministerio de Salud prohibir de manera explícita y expresa cualquier uso no agrícola de productos que contienen glifosato, particular y específicamente, su uso como herbicida para control de malezas en espacios públicos y zonas urbanas. A esta conclusión llegó la Defensoría tras estudiar la denuncia de un habitante.
En el proceso de esta investigación se conformó, en el 2017, un grupo de trabajo interinstitucional, coordinado por el Ministerio de Salud y con la participación de representantes del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Ambiente y Energía, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Colegio de Médicos y la Defensoría de los Habitantes, con el fin de analizar las implicaciones del glifosato en la salud de las personas y el ambiente, entre otros aspectos.
Este grupo de trabajo se dedicó a recopilar y analizar la información técnica y científica disponible y concluyó que el glifosato puede considerarse como plaguicida de alta peligrosidad con base en la caracterización de los posibles efectos graves o irreversibles en la salud, de acuerdo con el criterio de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC, por sus siglas en inglés), organismo dependiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Asimismo, esta Comisión consideró que se hace necesario y oportuno prohibir el uso del glifosato, sus sales y formulaciones que las contengan, en particular considerando que existen alternativas químicas y no químicas a dichas sustancias.
Conoce la Defensoría que el pasado mes de marzo, el Ministerio de Salud decidió conformar otro grupo de análisis técnico con la participación del MAG, MINAE y MTSS para definir la ruta a seguir con respecto a los temas del glifosato y del paraquat (otro de los plaguicidas de mayor uso en el país, cuya regulación ya había sido analizada anteriormente).
Para la Defensoría ante la evidencia científica analizada por la Comisión Interinstitucional, considera que el principio precautorio debería ser el elemento rector en la toma de decisiones con respecto a dicho plaguicida.
El Servicio Fitosanitario del Estado reporta registros de 28 ingredientes activos y 79 productos formulados que contienen glifosato, siendo que estas formulaciones están autorizadas para su uso en 32 cultivos agrícolas diferentes.
A pesar de estar únicamente autorizado para usar en cultivos, también es aplicado para el control de malezas en zonas públicas urbanas como parques, cementerios, rondas de calle, aceras, caños y áreas verdes.
En razón de lo anterior, preocupa a la Defensoría que la exposición de la población en general a productos que contienen glifosato es extendida y recurrente. Dicha exposición aumenta debido al uso incompleto o incorrecto del equipo de protección personal que, además, no se adapta a las condiciones climáticas del país, la falta de capacitación y licencia en el manejo y uso de plaguicidas y la falta de exámenes médicos pre exposición y periódicos.
Así las cosas, la Defensoría como parte de la Comisión Interinstitucional comparte y apoya plenamente las conclusiones y recomendaciones que determinan, entre otras cosas, que el glifosato puede considerarse como plaguicida de alta peligrosidad, y que por ello se debe considerar la prohibición de su importación, distribución, venta y compra.
La Defensoría pidió al Ministerio de Salud, al Ministerio de Agricultura y Ganadería, al Ministerio de Ambiente y Energía y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que en el plazo de 15 días emita un informe en el que se detallen las medidas que se adoptarán para hacer efectiva las recomendaciones, el plazo en el que se ejecutarán dichas medidas; y los funcionarios que estarán encargados de su ejecución.