Redacción- Si usted utiliza el transporte público y en muchas ocasiones ha tenido que viajar con incomodidad por la cantidad de personas que van en el autobús, tome en cuenta que usted puede denunciar a la empresa.
Según el Consejo de Transporte Público cada automotor tiene dimensiones en los pasillos que determinan la cantidad de pasajeros que puede ir de pie. Esto se establece según artículo 4.4 de la Sesión Ordinaria 20-2007 del 13 de marzo 2007.
El siguiente cuadro explica cómo debe ser en cada caso, implica viajes que no superan los 20 kilómetros.
Ancho de pasillo | Capacidad de unidad |
25 ≤ 35 cm. | 12 personas |
36 ≤ 49 cm. | 22 personas |
50 ≤ 65cm. | 30 personas |
En el caso de rutas interurbanas (Alajuela, Heredia y Cartago) cuyos recorridos sean mayores a 20 Km. pero menores de 25 Kilómetros se debe llevar un recargo máximo de 15 personas de pie.
Aquellas que sean superiores a 25 kilómetros. Un recargo máximo de 10 personas de pie.
Cada usuario que considere que se violenta con estas leyes puede inmediantamente llamar al 911 y presentar la denuncia para que la policía de tránsito se encargue de multar la empresa. El CTP también recibe denuncias de los usuario molestos con el servicio que se le da en el transporte público.
Después de cierta cantidad de denuncias la empresa puede perder la concesión.