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San Jose- Una sentencia de la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo presentado a favor de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el cual, obliga a restituir a la junta que fue destituida en agosto anterior.

Los magistrados ordenaron anular la elección de la Junta Directiva Ad-Hoc del Colegio y en su lugar, restituir la Junta que se nombró en diciembre del 2015.

El Tribunal consideró que el actuar del grupo de agremiados y de la Junta Directiva Ad-Hoc, violentó el principio democrático, perjudicando a quienes fueron legítimamente nombrados.

De igual forma, la mayoría de la Sala consideró que al tratarse de una institución con fines públicos de fiscalización sobre el ejercicio profesional, la importancia de sus funciones radica, en que no solo son de interés privado y gremial sino que son de interés público.

Unicamente el magistrado Fernando Castillo Víquez salvó el voto y rechazó de plano el recurso debido a que consideró que el determinar si una asamblea extraordinaria tiene o no competencia para destituir los miembros de una Junta Directiva es un asunto de mera legalidad que debe ser resuelta en la vía contencioso-administrativa.