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Redacción –El Índice de Precios al Consumidor interanual a junio del 2016, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, fue de -0.88%. En ese porcentaje, según lo establece la Ley de Tránsito, se reducirán las multas de Tránsito a partir del primero de enero del 2017.

Bajo este panorama, la multa más alta por infracciones al artículo 143 de la Ley de Tránsito, como girar en U en zonas donde está prohibido, rebasar en curva, o conducir bajo ciertos niveles de alcohol pasará de ¢309.574,47 a ¢306.850,21. Una diferencia de ¢2.724,21.

Según explicó Carlos Rivas, Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial (ente recaudador del dinero de las infracciones), las multas más bajas, que actualmente están en ¢22.187,93, correspondientes al artículo 147 de la Ley de Tránsito, se reducirán en ¢195,25.

Comportamientos como irrespetar la restricción vehicular, o no utilizar los puentes peatonales, en el caso de los transeúntes, son ejemplos de este tipo de multa.

En todos los casos, los valores observados se basan en el resultado de restarle a los montos actuales 0.88% y la oficialización de esas variaciones le correspondió al Poder Judicial, según lo establece la Ley de Tránsito.