con fines ilustrativos

Redacción- Si usted debe laborar este Jueves y Viernes Santo, el pago por lo trabajado estos días es doble de acuerdo con el Ministerio de Trabajo.

Según esta institución, en caso de los trabajadores que reciben su salario semanalmente, se les pagará normal de lunes a miércoles y agregar el sueldo sencillo para los días Jueves y Viernes Santo. Si los labora, tendrá que adicionar el pago doble por cada día feriado trabajado.

En el caso de los trabajadores que reciben su pago quincenal o mensualmente, recibirán su salario completo. Para aquellos que laboren estos días, se adicionará un pago sencillo adicional por cada feriado, para que una vez que se sumen, se ajuste al pago doble que establece el Código de Trabajo.

Además, la legislación establece que si algún trabajador se niega a laborar estos días, no puede ser sancionado por esta conducta.

Asimismo, esta disposición aplica tanto para el sector público como privado y además, debe ser acatamiento obligatorio tanto para empresas nacionales como transnacionales.