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Twitter @gusaraya

Gustavo Araya

Experto en Turismo


Como lo he sostenido desde hace mucho tiempo, el sector turístico es uno de los más completos a la hora de interrelacionarse con las múltiples disciplinas del país. Por ejemplo, la agricultura local depende en gran medida de este sector.

El sector de servicios reconoce fuertemente también al Turismo y,  aunque representamos menos del 1% de la cartera crediticia nacional desde el punto de vista de créditos, representamos el 5,2% del PIB o lo que es lo mismo el Sistema Bancario Nacional subsiste también por los aportes del sector.

Para aclarar algunos temas al lector, es importante que se contextualice este artículo con las reglas del juego actuales. En su gran mayoría, el sector formal registrado contribuye con el impuesto sobre las ventas, renta y demás cargas tributarias.

Más aún, hasta el 2009 y por 29 años el sector Hotelero canceló un impuesto adicional al 3% de la tarifa hotelera para sostener las Campañas de Mercadeo del ICT. Es decir, la discusión de aumentar la base impositiva o el rango de acción del impuesto no afecta directamente en su mayoría a hoteles, restaurantes, rent-a -car, agencias de viajes o líneas aéreas. Claro está, obviamente al aumentarse la carga impositiva a otros sectores hoy exentos, nos veríamos directamente afectados, pero la discusión no necesariamente está relacionada con el Turismo.

Sin embargo, no hemos estado de brazos cruzados y por el contrario hemos propuesto soluciones que sí están al alcance de todos, sin demerito de la discusión que como país debemos hacer sobre los ingresos, y más importante aún, egresos del Gobierno.

El primero de ellos es evidentemente: la formalidad. Hasta la saciedad hemos rogado a las instituciones involucradas para que acudan a las zonas costeras de Guanacaste Sur, Caribe Sur, Pacifico Central y otras montañosas a exigir factura, control de indocumentados y el pago de sus cuotas obrero patronales entre otras. Ya los nombres constan en todas las bases de datos de todas las instituciones por lo que no es necesario repetirlo. Con ello podría reducirse la evasión en al menos 0.2% del PIB.

Estamos hablando en millones de dólares. Somos las empresas que estamos legalmente registradas, las que pagamos, las que nos auditan, las que nos persiguen, las que “existimos”, las que “jalamos la carreta”. Esto debe balancearse y primero con las que actúan de forma ilegal. Dichosamente, los hoteles y restaurantes no se pueden desaparecer, es cuestión de auditar y revisar estas zonas para encontrar millones de dólares en evasión.

El segundo y más importante y que no se hizo mucho (como tampoco se hizo con Uber) es legalizar y poder cobrar impuestos a las plataformas de alquiler de condominios o aposentos que actualmente no pagan ningún tipo de impuesto. En este sentido si es importante reconocer que con la implementación de la Ley de Fraude Fiscal se incluyó una modificación en la cual los alquileres de menos de 30 días deben tributar en ventas. Pero en otras palabras, lo que se hizo fue “tipificar la acción delictiva” y a su vez elevar la base de la evasión fiscal, pues a partir de ahora es eso: evasió.

Desde su implementación y hasta el día de hoy no ha sido posible un solo caso en reacción por parte del ente de control pues ninguno de los 15.000 condominios inscritos en Costa Rica que no pagan impuestos ha sido intimado. En este rubro también se pudo reducir en 0.2% del PIB adicional la evasión fiscal. Sumados ambos montos de evasión serían cercanos al 0.5% del PIB o lo que es lo mismo poco más de US$300 millones de dólares; suficiente para construir 3 hospitales como el de Heredia que tanto añoran: Puntarenas, Limón y la Zona Sur.

Pero como si no atacar esto fuera poco, las Autoridades Administrativas decidieron otro flanco de lucha que llevan 3 años en el cual no han generado un solo colón y por el cual, por el contrario, se avecina una responsabilidad contra el Estado por, de alguna forma, “mala praxis legal”.

En el año 2014, la Dirección General de Tributación emitió un criterio institucional ampliando el significado de “establecimientos de recreo” mencionado en la Ley General de Impuestos Sobre las Ventas. Las Cámaras consideramos que se estaba actuando de forma arbitraria e ilegal pues la ley tributaria debe ser taxativa. Acudimos al Tribunal Contencioso en defensa de los derechos de los agremiados. El Tribunal Contencioso le dio la razón al sector y declaró ilegal la interpretación de Tributación. Y aunque tenía la oportunidad de apelar la sentencia, la Procuraduría General de la República (abogados del estado), decidió No Apelar.

Parecía que esto ponía fin a la discusión. Pero para sorpresa del Sector no ha sido así. Por el contrario, algunas Direcciones Regionales de Tributación han decidido “mantener” la ilegal interpretación y con ella, intentar reclamar millones de colones en supuesta evasión.  Imaginemos el tiempo, esfuerzo y sobre todo oportunidad perdida para enfocar los esfuerzos en acciones correctas que se ha perdido, acciones como las mencionadas por el mismo sector. Es incalculable.

Y como si no fuera suficiente, en una reciente demanda por parte de uno de los perseguidos por la Administración Tributaria contra el Estado por utilizar esta interpretación ya declarada ilegal, la procuraduría se “allanó” a la demanda. En términos no legales, los abogados del estado le dieron la razón al administrado en demandar a la administración tributaria y la consideran parcialmente justa.

En el Sector también estamos preocupados de la situación fiscal del país. Por eso hemos dado soluciones, pero al igual que se ha discutido en casi todos los gremios, la discusión tiene que ser integral, es decir incluir recorte en gastos y incremento en ingresos, pero todos, públicos y privados, profesionales y asalariados, grandes y pequeñas debemos contribuir en la forma que democráticamente nos corresponda, pero definitivamente, en este momento, la carga pesa sobre una pequeña porción de la empresa privada que curiosamente es la legal, la que ya paga, la que contribuye con cargas sociales que se encuentra legal.