San José – La diputada del PLN, Sandra Piszk, interpuso un recurso de amparo contra el canciller Manuel González por no entregar información relacionada con nombramientos en el Servicio Exterior durante este gobierno.

La legisladora envió un primer oficio de solicitud de información el pasado 22 de junio con consultas puntuales sobre varios nombramientos realizados por esta Administración; en respuesta  mediante oficio DM-382-17 y en los documentos adjuntos por parte de la Cancillería de la República se omitió respuesta a varias de las inquietudes, por lo que se procedió a enviar otro oficio con fecha de 1° de setiembre, el cual fue recibido en el Despacho del Canciller en esa misma fecha mediante vía electrónica y en formato físico el 4 de setiembre.

Dado que se venció el plazo de 10 días hábiles que estipula el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, amparado en el artículo 27 de la Constitución Política, para obtener la pronta resolución a las inquietudes plateadas y sin que mediara ningún tipo de solicitud de prórroga por parte del Despacho del Canciller González, se procedió a la interposición del recurso de amparo.

«Resulta altamente preocupante e indignante que el señor Canciller se niegue a brinda información pública, ante un tema de especial importancia, ya que según la información dada a conocer por diversos medios de comunicación, en apariencia se está actuando desde su Ministerio de manera irregular», dijo Piszk.

Las solicitudes puntuales de información a las que la Cancillería se ha negado a responder son las siguientes: en los casos en que procedió concurso público para los 5 nombramientos en comisión que fueron realizados sin fecha de caducidad en sus funciones y los 15 nombramientos en comisión, cuya fecha de término de sus contratos trasciende del 8 de mayo de 2018: las personas que participaron en el concurso público, los atestados académicos y profesionales de cada concursante y las razones aducidas para la selección de estas personas en las respectivas plazas, de acuerdo al sustento legal y técnico realizado por la Comisión Calificadora del Servicio Exterior y la Dirección Jurídica del Ministerio a su cargo.

Asimismo, en caso de aducirse “conveniencia nacional”, “razones de emergencia” o “inopia” para los nombramientos de este personal en el Servicio Exterior con rango inferior a Embajador, copia del razonamiento jurídico que fundamente cada caso según la conceptualización realizada por la Procuraduría General de la República en diversos pronunciamientos como el C-388-2014 con fecha de 17 de noviembre de 2014 dirigido al Canciller González.