Redacción – El sospechoso de intentar matar a un aficionado cartaginés con una pedrada de apellido Sánchez Sanabria continuará en los cuatro meses de prisión preventiva.

La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de Hábeas Corpus interpuesto por el imputado para que se le fuese eliminada la prisión preventiva.

Los magistrados consideraron que la sentencia que dispuso la prisión preventiva del tutelado, fue debidamente motivada, ya que el Tribunal de Juicio de Cartago relacionó con sustento las circunstancias descritas en los incisos b) y c) del artículo 240 del Código Procesal Penal (magnitud de la pena que podría imponerse e importancia del daño causado a la víctima) para determinar la existencia de peligro de fuga y, en consecuencia, la procedencia de la prisión preventiva.

En cuanto a los demás elementos alegados, se determinó que no correspondía a la instancia constitucional, por ser cuestiones de mera legalidad, resolver las inconformidades del recurrente, tales como el apersonamiento del querellante a la audiencia de apelación de la medida cautelar, la falta de trámite de un incidente de recusación y el rechazo de plano del recurso de revocatoria interpuesto contra la resolución de segunda instancia del Tribunal de Juicio de Cartago.

El presunto agresor fue detenido el 28 de agosto anterior, cuando el OIJ en un operativo lo localizó en la zona de Heredia.