Redacción- La Asociación Nacional de Agentes de Seguros (ANDAS) solicitó una vez más al Gerente Financiero de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Gustavo Picado, tomar acciones frente al informe DJ-576-2017 de la Dirección Jurídica de esa misma institución el cual determina  que existe una relación laboral entre los agentes de seguros y su patrono, el Instituto Nacional de Seguros (INS).

Según Marco Antonio Chacón, Presidente de ANDAS “desde el pasado mes de enero la Dirección Jurídica emitió un amplio y minucioso informe donde analiza resoluciones administrativa, judiciales y los contratos que tenemos como agentes de seguros del INS a la luz de nuestra realidad práctica y resolvió de forma categórica que existen elementos sólidos para concluir que entre el INS y nosotros hay una relación laboral”.

El informe de la Dirección Financiera de la CCSS, área competente para definir cuándo se deben pagar cuotas obrero-patronales, definió que los agentes tienen exclusividad con el INS, dependencia económica porque sus ingresos provienen únicamente de las comisiones que el INS les retribuye quincenalmente y hay subordinación porque se encuentran sujetos a las directrices, instrucciones que les gire el Instituto, deben cumplir metas anuales de producción y están sujetos a su supervisión.

Asimismo, la Junta Directiva de la CCSS acordó en el artículo número 13 de la sesión número 8887 del 9 de febrero de este año lo siguiente: “… la Junta Directiva acuerda acoger el criterio de la Dirección Jurídica y trasladarlo a la Gerencia Financiera para que, con la celeridad del caso, presente a esta Junta Directiva el curso de acción en esta materia”.

Como no hubo respuesta nuevamente la Junta Directiva de la CCSS reiteró la solicitud a la Gerencia Financiera en el artículo 9 de la sesión número 8899 del 6 de abril del 2017.

“La CCSS ya debió haber girado el cobro al INS para que se reconozca el pago de las cargas sociales que se han acumulado por más de tres lustros y que a la fecha suman $67 millones que no ha recibido la seguridad social del ente asegurador.Además, con este informe es evidente que los agentes de seguros deben ser incluidos en la planilla del INS con todos los derechos que tenemos como trabajadores de una Institución a la que le servimos de manera comprometida y a la que hemos ayudado a crecer y consolidarse en toda su historia”, argumentó.

Finalmente, es importante destacar que contamos con el apoyo del “cobrador de la CCSS”, Roberto Mora  quien denunció a la Junta Directiva de la CCSS ante la Fiscalía General de la República  por permitir el desacato de la Gerencia Financiera, liderada por su Gerente Gustavo Picado.

Antecedentes

En agosto del año 2000 el INS compensó a sus 280 agentes de seguros y los recontrató de inmediato bajo la figura de contrato mercantil PERO manteniendo todas las obligaciones y condiciones que tenían hasta ese momento, excepto que ya no les reconocerían los extremos laborales como cargas obrero-patronales, vacaciones y aguinaldo, entre otros.

“Si bien es cierto esto es una lucha por reinvidicar los derechos laborales que de manera solapada nos coartaron, estamos defendiendo el modelo de la  seguridad social costarricense  y a una institución emblemática y solidaria como es la CCSS.  No queremos ser precedente para que otros puedan optar fácilmente por liquidar a sus colaboradores y luego recontratarlos manteniéndoles todas sus obligaciones pero bajo la figura de contrato mercantil, dejándolos totalmente desprotegidos”, explicó.

“Esta lucha lleva años y nos parece este informe del 2017 es lo suficientemente amplio y pormenorizado así como la instrucción reiterada de la Junta Directiva de la CCSS para que se tomen acciones”, acotó el Presidente de ANDAS.

El informe del 2017 coincide con el emitido por la Inspección de la CCSS que data del junio del 2001 bajo el número SSD 1232-00939-2001-l que expresa textualmente “…se denota el control que ejerce el Instituto sobre las personas contratadas, lo cual no puede ser otro, que el de la relación que sostiene un patrono para con sus empleados, bajo la investidura del elemento de la subordinación, mediante el cual, le delimita en forma pormenorizada el detalle de sus deberes y acciones para llevar a cabo las labores encomendadas en cuanto a la gestión en la venta de seguros”.

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