Redacción- A partir de enero del 2018, todas las personas físicas y jurídicas que realicen actividades económicas dentro de los siguientes sectores, tendrán la obligación de utilizar factura electrónica:
Sector Fecha de inicio de la obligación
Salud 15 de enero
Sector contable – financiero – administrativo 01 de febrero
Sector legal 01 de marzo
Sector ingeniería – arquitectura – informática 02 de abril
Otros sectores* 01 de mayo
*· Meteorólogos por cuenta propia · Servicios de consultoría de mantenimiento industrial y mecánico · Asesoramientos técnicos en construcciones y obras de ingeniería civil · Químicos · Geólogos por cuenta propia · Geógrafos por cuenta propia · Biólogos por cuenta propia · Profesionales en tecnología de alimentos · Servicios de publicidad · Servicios de bibliotecología · Profesores por cuenta propia · Profesionales en salud ocupacional · Profesionales en educación especial · Periodistas por cuenta propia.
Para visualizar el aviso con el detalle completo de códigos y descripción de las actividades obligadas visite www.hacienda.go.cr sección Servicios Tributarios, submenú Gestiones más frecuentes en “Confeccionar facturas u otros comprobantes de ingresos autorizados” o acceda al siguiente código QR con un lector previamente instalado en su teléfono celular.