Redacción-El Ministerio de Hacienda puso a disposición el software Facturador Electrónico Gratuito, para que aquellos contribuyentes que deseen utilizarlo para la elaboración de los comprobantes electrónicos.

Desde hoy, 15 de enero, todos los contribuyentes, sean personas físicas o jurídicas, del sector salud deben utilizar de forma obligatoria comprobantes electrónicos como método de facturación, tal y como lo establece la resolución DGT-R-51-2016.

La factura electrónica es un comprobante que respalda la venta de bienes y servicios, el cual debe ser generado en formato electrónico, en el mismo acto de la compra-venta o prestación del servicio.

El uso de comprobantes electrónicos ofrece una serie de beneficios para el emisor y receptor del comprobante, entre ellos, menos costos operativos,  rapidez y seguridad en el intercambio de información. Además, brinda a la Administración Tributaria información en tiempo real, disminución de costo administrativos, y minería de datos.

Los comprobantes electrónicos son archivos XML, regulados por la Dirección General de Tributación, los cuales, una vez generados, deben  enviarse a Hacienda para su respectiva validación. Esta validación requiere un visto bueno, ello con el propósito de que el comprobante pueda ser utilizado como respaldo de la contabilidad.

Para emitir comprobantes electrónicos es necesario que el contribuyente cuente con un mecanismo de seguridad.

Puede ser la llave criptográfica emitida por el Ministerio de Hacienda, que es un método de seguridad que garantiza la integridad, autenticidad y autoría de los comprobantes electrónicos,  o la firma digital que permite identificar al firmante.

Para utilizar el Facturador Electrónico Gratuito los contribuyentes deben cumplir con los siguientes pasos:

  • Ingresar al sistema Administración Tributaria Virtual (ATV) en la página web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr).
  • Ingresar a la opción “Comprobantes electrónicos”.
  • Seleccionar la opción “Generar llave criptográfica” o utilizar la firma digital, con el fin de contar con un método seguro para la firma de los comprobantes electrónicos.
  • Seleccionar la opción “Generar nueva contraseña” para descargar el usuario y la clave que serán utilizados para el envío de los comprobantes electrónicos al validador, con el propósito de identificar a quien lo emite.
  • Proceder a elaborar la factura y aplicar el firmador de Hacienda.

Con el objetivo de facilitar a los usuarios de esta herramienta, el Ministerio de Hacienda pondrá a disposición de los contribuyentes, en el sitio web institucional, apartado “Servicios Tributarios”, un manual de ayuda para el uso del Facturador Electrónico Gratuito.

Las sanciones por no utilizar comprobantes autorizados se encuentran reguladas  en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), artículo 85, el cual establece una sanción de dos salarios base, y en una eventual reincidencia la aplicación del artículo 86 del mismo Código, la cual implica el cierre del negocio.

Además, la persona  se podrá hacer acreedor a la sanción del 2% de los ingresos brutos no declarados, hasta un máximo de 100 salarios base (¢43.100.000) por el incumpliendo en el suministro de información, según lo  establecido en el artículo 83 del CNPT.