Foto tomada de Trans Costa Rica

Redacción – Tras una lucha constante por parte de la comunidad transgénero en el país, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aprobó y reguló el cambio de nombre por identidad de género autopercibida para las personas que así lo soliciten al Registro Civil.

Este lunes, en la sesión n° 49-2018 y actuando como jerarca administrativo del Registro Civil, el TSE conoció el informe técnico preparado por la comisión interna que estudió la Opinión Consultiva (OC-24/17) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como las recomendaciones registrales que esa comisión formuló.

Sobre la base de esa opinión experta, el TSE tomó esta decisión partiendo del reconocimiento de que dicho pronunciamiento es adecuado y vinculante para Costa Rica.

Esto regirá una vez que se publique en La Gaceta la reforma hoy introducida al Reglamento del Estado Civil. Lo acordado por los magistrados además contempla -para viabilizar en sede registral el cambio de nombre- que el procedimiento prescinda de mayores formalidades, no requiera la publicación de edictos y sea gratuito.

Como medida para evitar efectos estigmatizantes, el TSE se procederá a eliminar la indicación del sexo de nacimiento en todas las cédulas de identidad.

En cuanto al matrimonio entre personas del mismo sexo, no corresponde al Registro Civil autorizar o no la celebración de estos matrimonios, pues su función en ese ámbito es solamente registral; es decir, no le corresponde dictar lineamientos para las personas habilitadas por el ordenamiento jurídico para casar.

 

1 COMENTARIO

  1. “Aunque el gobierno haga una ley dando permiso a los burros para que vuelen, no por eso a los burros les van a salir alas” (Sacerdote español Jorge Loring, S.J. (+))
    Transcribe Guillermo Prendas

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