En agosto, ingresaron más de 30 mil nicaragüenses a Costa Rica, según Dirección General de Migración y Extranjería

Redacción- Multas de 800 mil hasta 5 millones de colones, se arriesga a pagar aquel patrono que contrate un extranjero ilegal en el país.

«La Ley expresamente prohíbe a los patronos contratar personas que no cuenten con la documentación respectiva que los acredite para tener autorización para laborar en el país», afirmó Paola Gutiérrez, abogada especializada en derecho laboral.

Gutiérrez señala que la Ley le exige a los patronos, que van a contratar a un extranjero, verificar que este cuente con los permisos correspondientes, «que su permanencia en el país, es legal».

Si el patrono incumple esas disposiciones y hace la contratación, se expone a la aplicación de multas que van desde los 2 a 12 meses del salario base. En cuanto al trabajador que se encuentre en condición de ilegalidad en el país, este corre el riesgo de ser deportado.

Aquellos trabajadores extranjeros que se encuentren en el país de manera ilegal o incluso en condición de refugiado (con permiso), se les debe aplicar el Código de Trabajo. Además, todo patrono tiene la obligación de cumplir con la normativa laboral y de seguridad social.

«Muchas veces hay patronos que utilizan la condición de ilegales para pagarles menos o incumplir con la normativa laboral, pero eso no significa que estén actuando contrario a la legislación. Yo puedo tener un trabajador en condición de ilegalidad que sino le pago el salario mínimo, igualmente tengo que asumir toda la responsabilidad como si fuera un trabajador costarricense», señaló Gutiérrez.

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