con fines ilustrativos
  • Impuesto sobre la propiedad de los vehículos es el quinto impuesto en importancia de Costa Rica
  • No se aplicaría a vehículos agrícolas

Redacción – El diputado del Partido Liberación Nacional, Gustavo Viales, presentó un proyecto de ley para  que vehículos de carga pesada paguen más impuestos. Este se denomina “Ley que elimina la tarifa diferenciada a los vehículos de carga pesada en el impuesto a la propiedad de vehículos automotores».

El 21. 143 es una derogatoria al artículo 9 de la ley 7088 y tiene como objetivo eliminar la tarifa privilegiada de los vehículos de carga pesada, que fija el monto nominal anual en tan solo ¢8 mil, sin que a través del tiempo esa tarifa haya sido actualizada.

Su finalidad principal es que se aplique la misma metodología de cálculo que rige para cualquier otro vehículo para aumentar la recaudación tributaria y eliminando esta diferenciación que se ha sostenido sin justificación durante más de 30 años.

El impuesto sobre la propiedad de los vehículos es el quinto impuesto en importancia de Costa Rica, por lo que Viales espera que este proyecto tenga éxito.

La Contraloría General de la República determinó que, para el 2019, este impuesto recaudará ¢176 mil millones equivalente al 3.5% de los ingresos tributarios del presupuesto 2019 y representa el 0.48% del PIB.

Por ejemplo, en el año 2018 un vehículo de carga pesada, cuyo valor fiscal asciende a ¢81 millones, en el marco de la legislación actual, paga por el Impuesto a la Propiedad de Vehículos únicamente ¢8 mil por año. Por otro lado un vehículo sedán cuyo valor fiscal asciende a ¢5 millones paga por el mismo impuesto ¢120 mil. Lo cual evidencia una diferencia abrupta desproporcionada.

Cabe indicar que el proyecto de ley no se aplicaría para los vehículos de maquinaria agrícola, pues estos tienen una legislación especial (Ley N°7396, artículo 1, del 03 de mayo de 1994).

“No es posible que existan desproporción en el pago de un mismo impuesto sin razones fundamentadas para ello, como si se justifica  en el caso de automotores de emergencias, instituciones gubernamentales o de misiones extranjeras, entre otros. La no actualización en el valor del tributo tiene su raíz en que la Ley, estableció un valor de 8 mil colones que paga cualquier vehículo de carga pesada independientemente de lo que cueste, lo cual impide el ingreso de recursos al erario público y beneficios excesivos sin tomar en cuenta el valor real del vehículo en el mercado”, acotó el legislador verdiblanco.