Luis Antonio Sobrado, presidente Tribunal Supremo de Elecciones.
  • Medida aplica para partidos políticos

Redacción- El Tribunal Supremo de Elecciones estableció, por unanimidad, que los partidos políticos deberán conformar nóminas partidarias de personas candidatas a elección popular para las elecciones 2024.

«En aras de garantizar una participación y un acceso equitativo a los cargos plurinominales (regidurías, concejalías y concejalías municipales de distrito), de manera unánime se determinó que los partidos políticos están obligados a presentar listas cuyos encabezamientos sean paritarios, según pertenezcan a la misma circunscripción electoral», informó el TSE mediante un comunicado de prensa.

Lo que quiere decir que si una agrupación política compite por las regidurías de los 20 cantones de la provincia San José, esta deberá presentar 10 listas en las que el primer lugar sea ocupado por mujeres y 10 nóminas encabezadas por un hombre; igual lógica aplicará a las nóminas de aspirantes a las concejalías de los distritos que integren el mismo cantón.

Asimismo, informó el Tribunal, «el sexo que encabece las nóminas suplentes será el mismo de aquel que figure en el primer lugar de las respectivas nóminas propietarias».

De estas medidas quedan exentos: candidaturas a las regidurías presentadas por agrupaciones cantonales, listas presentadas por coaliciones y las nóminas que los partidos políticos presenten para las concejalías municipales de distrito que sean únicas en su cantón.


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El tribunal informó que si los partidos políticos no acatan lo dispuesto, la Administración Electoral reordenará los encabezamientos para garantizar la paridad horizontal.

Esta medida empezará a regir en los comicios municipales del 2024.