Imagen con fines ilustrativos.

Todos aquellos contribuyentes que realicen actividades o negocios lucrativos tienen tiempo para pagar la primera cancelación parcial del impuesto sobre la renta el próximo viernes 29 de marzo, sino cancelan a tiempo, sumarán multas e intereses a fin de año.


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El pago parcial es un anticipo del Impuesto sobre la Renta que deberá liquidarse a fin de año con la debida declaración.

“Los pagos parciales son tres adelantos del impuesto sobre la renta, obligatorios según la Ley.  El primer pago se hace en marzo, el segundo en junio y el tercero en setiembre de cada año”, explicó Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Si el pago no se realiza en la fecha indicada, el contribuyente se hace acreedor a sanciones; por mora 1% sobre el monto del anticipo no cancelado, por mes o fracción hasta un máximo de  20% e intereses del 13.01% anual determinados sobre el monto no atendido.