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  • El proyecto fue presentado en mayo de 2018
  • Diputados de Chile aprobaron un proyecto de ley

Redacción-  La Cámara de Diputados de Chile aprobó un proyecto de ley que de ser ratificado por el Senado, obligaría a los sacerdotes a romper el secreto de confesión en los casos de abusos sexuales, una decisión “muy grave” porque atenta contra la libertad religiosa, señaló un abogado canonista.

El proyecto fue presentado en mayo de 2018 por el diputado demócrata cristiano Raúl Soto en el marco de la crisis por los abusos sexuales cometidos por miembros del clero en Chile. En octubre de ese año la Comisión de Constitución aprobó el documento y la votación de la Cámara Baja del 23 de abril favoreció la iniciativa por 128 votos.

De aprobarse el proyecto de ley en el Senado, se modificará el artículo 175 del Código Procesal Penal para ampliar el “espectro de personas obligadas a denunciar delitos cometidos contra niños, niñas o adolescentes y/o adultos que por sus condiciones físicas o mentales requieren de especial protección», describe el documento.

Actualmente el Código Procesal Penal obliga a denunciar estos casos a los directores de establecimientos educacionales, policías, jefes de puertos, capitanes de navíos.

El proyecto aprobado por los diputados extiende esta obligación a las «autoridades eclesiásticas de cualquier confesión religiosa, sea de derecho público o derecho privado, y, en general, los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos, sacerdotes, religiosas u otras personas que conforme a las reglas de cada denominación religiosa detenten algún grado de autoridad sobre una congregación o grupo de personas en razón de la práctica de alguna creencia».

Así como a los directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativa, deportiva o de otra índole.

Para el abogado canonista y vocero de Voces Católicas, Alejandro Álvarez, este último punto “es muy grave, ya que se está imponiendo una conducta que pugna contra una disposición expresa de la ley canónica, como lo es el sigilo sacramental”.

Álvarez aseguró que la disposición “entra en conflicto con el derecho canónico” y “también con el ordenamiento jurídico chileno”, que reconoce y ampara las leyes y reglamentos propios de las corporaciones y fundaciones de derecho público, entre las cuales se encuentran las iglesias y comunidades religiosas. aciprensa