Minor Araya Salguero

Criminólogo – Exjefe OIJ 


Un joven – policía municipal – se cuestiona lo correcto o no de la intervención que el sábado anterior, tuviera la Policía Municipal de Cartago (PMC) en un barrio al sur de la ciudad. Él también busca respuestas fuera de su institución, propiamente en aquellos a los que a diario sirve; nosotros, los ciudadanos. 

No es mucho el aporte que se puede ofrecer ya que, son las autoridades municipales las que poseen la totalidad de datos; no obstante, lo que sigue, si espero sirva a un propósito general: Aportar más criterio al proceso que se supone, exhaustivo de evaluación objetiva. El abordaje del tema en ocho puntos:

1.- No. Por más propolicía que sea una persona, lo peor es ocultar o tratar de ocultar algo que se percibe incorrecto en estas instituciones. Ante la carencia de total conocimiento, el mejor aporte a la opinión, sería callar, no tratar de hacer resaltar algo como positivo y verdadero, cuando en realidad no lo es. Engaña al mismo oficial de policía.

2.- No. Generalizar puede ser muy cruel y carente del más básico conocimiento. En Costa Rica hay muchos barrios conflictivos, como el Manuel de Jesús Jiménez pero, el hecho de que en ese barrio hubieran habitado o puedan actualmente habitar delincuentes de la más baja calaña, es irresponsable e inmaduro afirmar que es un caserío en donde solo habitan criminales. No es correcto criminalizar – en este caso – a toda una comunidad que alberga también, gente decente y trabajadora. 

3.- No. Ser un declarado enemigo del hampa o un fan de la policía, no ofrece los réditos de objetividad necesarios para calificar a alguien que capta y expone a través de un medio legítimo, las circunstancias que rodean un conflicto, una lucha en la calle, un asunto público. 

No es correcto apostar por “Soplón”, “Sapo” y otros epítetos peores cuando el sujeto en cuestión, no hace otra cosa que aquello que debería hacer la policía en el Siglo XXI: Registrar las actuaciones que como intervención policial, realizan sus agentes. Todo oficial de policía debería video filmar sus intervenciones de campo, individual y de equipo. 

4.- No. El objetivo de la Policía como institución es Proteger y Servir. Al hacer respetar la Ley, sirviendo a esta, el agente de policía protege y sirve al buen ciudadano, le cuida y asegura preventiva y represivamente evitando el daño, tratándolo y reparando este. 

Durante una intervención policial, contra el criminal, el agente siempre estará en desventaja ¿Por qué…? Entre otros aspectos, por operar tratando de hacer el menor daño posible a personas y propiedades. 

No se hiere a una persona, delincuente o no, y se le deja a su suerte; el agente puede incurrir en un delito penal. 

5.- No. Existen diferencias abismales entre un entrenamiento policial y una intervención policial. En el primer teatro, todo es relativamente sencillo, todo es relativamente controlado, todo es amistoso, todo es relativamente fácil. En el segundo, no todo es sencillo, no todo es controlado, no todo es amistoso y no todo es relativamente fácil como algunos piensan.

En la calle no hay siluetas inertes, hay seres humanos pensantes que quieren huir, enfrentar y hasta matar policías. No es cualquier agente de policía el capaz de controlar un “ambiente en rápido deterioro” (concepto SWAT) ergo, no es justo tildar de cobardes a todos los policías que intervienen en un tiroteo, incluso aquél que en “condición negra” (concepto SWAT) queda, en algún momento tuvo el valor de enfrentar la muerte y de frente; no toda persona tiene esa cualidad, aunque esta sea imperfecta (por su condición imprevista demostrada).

6.- No. Ciertamente, de previo a que un policía ponga un pie en la calle, a éste se le debe haber preparado oportuna y adecuadamente, para que cumpla con su deber. Lamentablemente – con lo visto – los agentes no tienen siquiera, un dominio básico de su arma primaria (pistola semiautomática); no tienen una idea, siquiera superficial, de como dominar espacios y personas. 

Al contrario de proteger y servir, estos agentes colocan, haciendo uso de armas de fuego, la vida de personas inocentes en riesgo de muerte innecesario. Resulta muy reprochable denotar la ejecución de “disparos de vacilación” (concepto SWAT) que, si son comunes en el estúpido malhechor, más no en el acucioso y supuesto profesional uniformado. 

Por otro lado, no resulta un pecado que un policía se defienda a sí mismo y a sus compañeros lanzando piedras, en el tanto y cuanto, ese sea su único recurso en el acto. ¿En el caso en cuestión, era el lanzamiento de piedras el único y necesario recurso del agente? De ser la respuesta afirmativa, definitivamente hay mucho que revisar sobre el equipamiento de los policías municipales de Cartago y, de ser negativa la respuesta, el cuestionamiento puede recaer sobre la preparación operativa de campo. 

7.- No. Pocas veces la policía, durante una intervención, tiene pleno control sobre sus objetivos (criminales); durante un enfrentamiento en donde, exista intercambio de disparos, personas inocentes pueden estar alrededor y ser inevitablemente expuestas a amenazas balísticas y de otros tipos.

El deber de la policía ante un sospechoso que dispare su arma de fuego en medio de un área concurrida, es sencillamente, procurar su rápida neutralización. No por haber menores en la zona afectada, la policía debe procurar su propio suicidio. Los agentes bajo fuego, deben responder a este con técnica, con determinación y sobre todo, con responsabilidad profesional. 

8.- No. Cuando se presume que una intervención policial es incorrecta, no son únicamente los agentes de campo sobre los cuales puede y debe recaer algún tipo de responsabilidad (penal, civil, administrativa). La Cadena de Mando debe ser también, objeto de escrutinio. Los “jefes” por lo general escapan al señalamiento y asidero de responsabilidad y no es correcto. Ese proceso de investigación debe ser objetivo y determinar – entre otros – lo siguiente: 1. Políticas correctas. 2. Procedimientos correctos. 3. Liderazgo correcto.

Recordemos el caso Canda Mairena (noviembre 9, 2005). Ocho policías de la Fuerza Pública un 11 de septiembre del 2008, por la muerte del nicaragüense Natividad Canda, a quien dos perros guardianes mataron tratando de proteger la propiedad privada de un ciudadano honesto, son absueltos por un Tribunal de Juicio de Cartago ¿Estaban los policías debidamente entrenados y equipados para afrontar situaciones como la que se toparon esa noche…? Por supuesto que no. 

Desafortunadamente, aquel turbio y desgastante proceso judicial, que llegó hasta La Sala Tercera de Casación Penal que en junio 2011 confirma la absolutoria, tuvo por huéspedes únicamente a los rasos, a los que yo en algún momento llamé: “chivos expiatorios” de un sistema policial laxo e injusto y uno judicial, ayuno de alcance.


“Hoy, la calle demanda grandes esfuerzos a las fuerzas de policía, lo que hace inevitable y exigible un mejoramiento sostenido sobre el control de las operaciones de campo y con esto, el fortalecimiento del estado probatorio de sus actos debe estar, objetiva y tecnológicamente actualizado.”


¿La Cadena de Mando es la correcta en este caso? ¿Existe objetividad técnica y profesional en esta o, todo se resume a requisitos políticos…? Con lo anterior cierro ya que, lo que percibo en las imágenes de esta controvertida incursión de la PMC es sumamente preocupante, como también lo fue aquella intervención en La Reforma (año 2011) en donde, un rehén también, por aplicaciones que se resumieron, muy preocupantes, perdió la vida por munición amiga; por múltiples descargas impensables.

Con especial dedicación a los cientos de agentes de diferentes Ayuntamientos Municipales en todo el país. Se les respeta y se espera mucho de ustedes. A seguir trabajando por un mejor país, por una mejor Costa Rica y un consejo: Exijan a su Cadena de Mando, háganle responsable por lo correcto e incorrecto de sus acciones que, “solo cuando hay balazos, se conoce al verdadero policía, al verdadero líder”.

Nota: Los conceptos SWAT (Armas y Tácticas Especiales) mencionados son restringidos – como contenido explícito – al ámbito policial. No se deben explicar términos que pueden ser vitales al que irrespeta la Ley.