• Cuatro municipios aún no lo han definido

Redacción – La tradicional «Ley seca» cada vez se debilita más. Esta fue creada con el fin de prevenir el consumo de bebidas alcohólicas durante los días festivos de Semana Santa, especialmente Jueves y Viernes Santo, pero este año se unieron menos municipios.

De acuerdo con un sondeo realizado por  la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) para identificar cuáles municipalidades aplicarán la ley, son 69 las que no aplicarán la Ley 9047 de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, mientras que otros 8 municipios sí prohibirán la venta de licor.

Zonas con la prohibición:

  • Alajuelita, Cañas, Cartago, El Guarco, Esparza, Goicoechea, San Isidro y Turrialba.

En los municipios Alvarado, Flores, Heredia y La Unión aún no han informado.

Para el año anterior, la normativa que prohíbe la venta de licor se aplicó en 12 sedes municipales. Ahora, se redujo en cuatro números.


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“Según la Ley 9047, permitir la venta de licores es potestad exclusiva de cada Concejo Municipal, reforzando así la autonomía de los gobiernos locales. En el caso de que los Concejos no tomen un acuerdo y no se especifique en el Reglamento municipal a la Ley, automáticamente no aplica la prohibición de venta de licor; por eso desde la UNGL celebramos este poder de decisión de cada gobierno local según las realidades de cada cantón”, reiteró la directora ejecutiva de la UNGL, Karen Porras Arguedas.

El artículo 26 de dicha ley dice que es potestad de las municipalidades «regular la comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de licor, los días que se celebren actos cívicos, desfiles u otras actividades cantonales, en la ruta asignada, y podrá delimitar el radio de acción”.

La unión de municipalidades aclara que se debe tomar en cuenta que, la ley de licores, establece un régimen de sanciones para ser aplicado por las municipalidades, específicamente en el artículo 14, por lo que aquellos comercios que incumplan esta restricción se exponen a la clausura del negocio y a pagar una multa de 1 a 10 salarios base. El salario base está fijado en ¢446 mil.


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