• Cambio de divisas o retiros de efectivo son algunos de ellos

Redacción – En poco más de una semana, el nuevo Impuesto al Valor Agregado (IVA) será una realidad en diferentes servicios, incluidos los financieros; sin embargo, algunos de ellos están exentos de este pago por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Es el próximo 1 de julio cuando entre a regir el nuevo 13% y la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) explica cuáles son estos servicios financieros separados del impuesto.

El reglamento publicado por el Ministerio de Hacienda, en el artículo 11, inciso 7, detalla los servicios financieros que no tendrán que pagar el IVA.


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 “Dada la complejidad del sector financiero y los múltiples servicios que se brindan es importante que el usuario esté al tanto de los cambios y cuáles servicios están exentos del pago del IVA. Desde la ABC estamos muy interesados en informar a la ciudadanía de las eventuales modificaciones”, señaló María Isabel Cortés, directora de la ABC.

¿Cuáles son los servicios exentos?

  • Las líneas de crédito, de préstamo
  • Créditos documentarios
  • Préstamos titularizados
  • Trámites de letras de cambio, cheques, libranzas
  • Rendimientos generados producto de créditos por descuento de facturas
  • Arrendamientos financieros.
  • Créditos por descuento de facturas
  • Transferencias bancarias y no bancarias
  • Retiros de efectivo
  • Cambio de cheques
  • Pago de servicios e impuestos, la compra
  • Venta o cambio de divisas
  • Comisiones de tarjeta de crédito y débito
  • Gestiones de carteras por las administradoras de fondos de inversión o de capital de riesgo o
    de fondos inmobiliarios y certificados de depósito

Como parte de la atención ante la pronta vigencia del IVA, desde las diversas plataformas digitales de la ABC, lanzaron una campaña para informar a los usuarios de las distintas entidades bancarias sobre los cambios y también para que den a conocer sus dudas.