Redacción.  Con 43 votos a favor, los diputados aprobaron en segundo debate la reforma a la Ley de Armas.

Eso hace que en el caso de las personas jurídicas, solo se inscribirán armas para brindar servicios de seguridad privada.  


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La Sala Constitucional señaló que “no existe ningún derecho de rango constitucional a portar o tener armas.   Por consiguiente, la reducción a dos armas por persona no violenta la propiedad privada”.

“Es constitucionalmente válido e incluso necesario que el Estado tenga un estricto control acerca del tipo y cantidad de armas en manos de la sociedad civil y el establecimiento de requisitos para su portación.

“Tampoco resulta violatorio al derecho a la propiedad el hecho que se le exige a las personas jurídicas la posibilidad de inscribir armas únicamente para brindar servicios de seguridad privada”, aseguró Carolina Hidalgo.  

De esta manera, se consolida una reforma necesaria para contribuir a paz social de nuestro país con una medida acorde a la cultura pacifista costarricense y de cuantiosos estudios y experiencias nacionales e internacionales que demuestran que a mayor presencia de armas, mayor grado de peligrosidad en los conflictos, incluso más allá de los problemas asociados a la delincuencia y el narcotráfico.

Gustavo Viales, diputado de Liberación Nacional, aseguró que esta ley es muy importante para endurecer las penas a la portación de armas y que se debe regular la tenencia ilegal por mares y por puertos.  

Por su parte, Eduardo Solano, viceministro de Seguridad, dijo que esperan que estas nuevas reglas permitan disminuir el número de homicidios.