Redacción- . La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de La Unión para que ese gobierno local sea obligado a limpiar el cauce de la Quebrada Pato Azul la cual atraviesa el barrio El Poró en Tres Ríos de Cartago.

El Tribunal concedió un plazo de 12 meses para que el gobierno local, junto con el Ministerio de Salud, proceda a tomar las medidas adecuadas para liberar de la contaminación a la Quebrada que octubre pasado se desbordó y puso en peligro unas 40 viviendas y sus habitantes.

La resolución número 2019011762 de la Sala indica que la Municipalidad debe “brindar una solución definitiva al problema de contaminación producido por los vecinos de la quebrada Pato Azul” y; además, exige “tomar las acciones pertinentes para recuperar el área de protección de la quebrada Pato Azul”.


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“Para este Tribunal resulta inaceptable que tengan conocimiento (el municipio) no solamente de la presunta invasión del área de protección de la quebrada, sino también de la contaminación producida por los vecinos, que además constituye un problema de salud pública, que afecta al recurrente y a esa comunidad, sin que hayan coadyuvado con el Ministerio de Salud para buscar una solución definitiva a dicho problema”, señalaron los magistrados.

El amparo, presentado por el Socio-Director del Bufete Energy Law Firm (ELAWF), Walter Brenes, se falló en junio pasado sin que a la fecha la Municipalidad de La Unión haya iniciado gestión alguna para solucionar la contaminación en el cauce.

En el lecho del cauce se pueden encontrar todo tipo de desechos como llantas, electrodomésticos, residuos plásticos, madera y demás materiales que obstaculizan el libre paso de las aguas.