Foto con fines ilustrativos.
  • Oficializa la Guía Técnica de Diseño para la Infraestructura Ciclística.

Redacción- El presidente, Carlos Alvarado Quesada, firmó el decreto que reglamenta la Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, cuyo objetivo es dar sustento a las políticas, los lineamientos y las directrices que se deriven de dicha ley.

El reglamento fue elaborado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) en conjunto con el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Ministerio de Hacienda, cuyos jerarcas firmaron también el decreto.

El presidente Alvarado acotó que el reglamento busca facilitar el desarrollo de instrumentos para el fomento, la administración, la promoción y el control de la movilidad ciclista, en resguardo de la seguridad integral de las personas y el respeto por los espacios destinados para tal fin.


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Destacó los esfuerzos llevados a cabo por las diferentes instituciones, con la participación ciudadana, para la transformación que requiere el país a fin de potenciar la movilidad compartida.

El Decreto Ejecutivo consta de VII capítulos que contemplan -entre otros temas- la planificación de la movilidad activa, estableciendo lineamientos y responsables para la elaboración del Plan Nacional de Movilidad activa, integrando la movilidad ciclista y peatonal.

Este reglamento crea la Unidad de Movilidad Activa (UMA) dentro del Consejo de Seguridad Vial, con el objeto de tener un ente especializado en movilidad activa, que cumpla un rol de asesoría técnica.

También se oficializa la “Guía Técnica de Diseño para la Infraestructura Ciclística”, la cual será de acatamiento obligatorio para todas las instituciones públicas, con el fin de regular lo relacionado con infraestructura ciclo inclusiva.