Foto con fines ilustrativos. AMPrensa.com.
  • También puede ser acusada de incumplimiento de deberes

Redacción- La funcionaria del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) que fue despedida de su cargo, tras el asesinato de una niña de 4 años en Alajuela, podría ser acusada de complicidad en el homicidio.

De la misma forma, la trabajadora podría se acusada del delito de incumplimiento de deberes, por ser una funcionaria pública y no haber reportado el caso de manera correcta.

Lo anterior según el abogado Rogelio Ramírez, del bufete Ramírez y Asociados, quien conversó con AM Prensa y brindó su opinión de experto.

Es importante resaltar que la trabajadora, como funciona pública, debe cumplir con una serie de deberes, como lo indica la Constitución Política en su Artículo 11.


ARTÍCULO 11 Constitución Política –

Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública. La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.


Como se mencionó anteriormente, por una mala notificación del caso, no se le dio la atención debida, según confirmó Patricia Vega, presidenta del PANI antes de renunciar.

Según Vega, el caso de la menor era «demasiado claro» y debió ser categorizado como de prioridad 1 -de atención inmediata-; sin embargo, fue categorizado como prioridad 2.

“El PANI tuvo conocimiento, tuvo conocimiento de que esta niña estaba en riesgo. Tuvo conocimiento y no actuó. Quizás la niña estaría con vida”, dijo Vega.

Como lo aseguró la ahora expresidenta del PANI, se pudo hacer más en el caso de esta menor, por lo que cabría una sanción por omisión contra la funcionaria.


ARTÍCULO 18.-

El hecho punible puede ser realizado por acción o por omisión. Cuando la ley reprime el hecho en consideración al resultado producido, responderá quien no lo impida si podía hacerlo, de acuerdo con las circunstancias, y si debía jurídicamente evitarlo.


En caso de que la funcionaria sea acusada de incumplimiento de labores, solo recibiría una suspensión de sus labores, como lo indica el Artículo 332 del Código Penal.


ARTÍCULO 332

Incumplimiento de deberes

Será reprimido con pena de inhabilitación de uno a cuatro años, el funcionario público que ilegalmente omita, rehuse hacer o retarde algún acto propio de su función. Igual pena se impondrá al funcionario público que ilícitamente no se abstenga, se inhiba o se excuse de realizar un trámite, asunto o procedimiento, cuando está obligado a hacerlo.»


Por otra parte, en caso de que pueda ser acusada de complicidad -Artículo 47 del Código Penal-, recibiría la misma pena que quienes sean culpados del homicidio -como lo dice el Artículo 74 del Código Penal-, en este caso la madre y el padrastro de la menor.


ARTÍCULO 47.-

Son cómplices los que presten al autor o autores, cualquier auxilio o cooperación para la realización del hecho punible

ARTÍCULO 74.-

Los autores e instigadores serán reprimidos con la pena que la ley señala al delito. Al cómplice le será impuesta la pena prevista para el delito, pero ésta podrá ser rebajada discrecionalmente por el Juez, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 y grado de participación.


Ellos fueron detenidos por el Organismo de Investigación el mismo miércoles 15 de enero, ahora descuentan 6 meses de prisión preventiva.

Para el abogado, para que la funcionaria sea acusada de estos delitos hay que analizar una serie de factores que que determinan su culpabilidad, pero eso se dará mediante la investigación y será un juez quien analice la condena en caso de que llegue a juicio.

Ante la consulta de este medio a la Fiscalía, se confirmó que se abrió una investigación para ubicar a la responsable.

«La Fiscalía Adjunta de Alajuela confirmó que abrirá una investigación en relación con la actuación del Patronato Nacional de la Infancia en el caso; como parte de esta causa se buscará determinar quién o quiénes serían las personas imputadas», informaron las autoridades.