Redacción- El gobierno presentó el proyecto de ley 21.764, para flexibilizar los requisitos para la obtención del bono de vivienda a personas que hayan sido afectadas por desastres.

También permitiría facilitar el traslado de fondos entre instituciones que puedan ser invertidos en soluciones individuales o proyectos de vivienda.

El proyecto de ley se denominada “Reforma a la ley Nº7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y creación del Banco Hipotecario de la Vivienda, del 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para mejorar la atención de personas con necesidad de vivienda a causa de desastres”.

Creará una cooperación entre el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV) y la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), capitalizando el que las leyes constitutivas de ambas instituciones, habilitan la posibilidad de realizar donaciones entre sí.

El proyecto de ley flexibiliza requisitos para la obtención del subsidio de vivienda, por lo que, las personas que hayan perdido su núcleo familiar como consecuencia de una emergencia podrían recibir el beneficio, aunque vivan solas y sean menores de 65 años.

Actualmente, las personas adultas mayores sin núcleo familiar pueden acceder al bono, pero no aquellas personas solas, menores de 65 años, ni aquellas que han perdido su núcleo familiar a causa de un desastre.

Según explicó la Ministra de Vivienda Irene Campos, el país requiere revisar y optimizar el conjunto de instrumentos de política pública con los que atiende la fase de reconstrucción de las emergencias, para facilitar la atención de las personas afectadas y la recuperación de los bienes dañados.

“Las reformas incluidas en este proyecto de ley, permitirán que las instituciones sigamos ampliando las capacidades para enfrentar las consecuencias de las amenazas naturales, con el fin de dar solución a una mayor cantidad de personas”, afirmó la Ministra Campos.

Entre los incisos que se agregan al artículo 3 de la ley 7052, se crea, dentro del FOSUVI, el Programa de Financiamiento de Vivienda con recursos del Fondo Nacional de Emergencias, con el objetivo de que la CNE traslade recursos al BANHVI, para atender, de manera expedita y efectiva, a personas afectadas por desastres.

Los recursos trasladados al BANHVI por la CNE, se podrán utilizar para la reparación, reconstrucción y la reposición de las viviendas afectadas total o parcialmente a causa de desastres.

Además, en aquellos casos en los que, al momento de la emergencia, la vivienda estuviera habitada por varias familias, se financiará una solución habitacional para cada una de ellas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para ser beneficiarios del bono.

Esta ley regirá de manera retroactiva para decretos de emergencia vigentes al momento de su publicación y el Banco Hipotecario de la Vivienda, elaborará un reglamento de esa ley dentro del término de seis meses, contado a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.