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  • Dirección de Migración confirma vigencia de decreto

Redacción- Desde el 2012, mediante un decreto, se ha prorrogado la realización de multas a empleadores de migrantes en condición irregular.

En ese año, se emitió el Reglamento de Extranjería, Decreto N° 37112-GOB, publicado en el Alcance Digital N° 64 de La Gaceta N° 95 del 17 de mayo de 2012.

Este establece no hacer multas a patronos que contraten migrantes para actividades agrícolas, de construcción y servicios domésticos.

«Las citadas multas no se han aplicado a la fecha, con motivo de la vigencia de disposiciones transitorias tendientes a promover la regularización de las personas migrantes que se encuentran en condición irregular en el país, incluyendo las vinculadas a actividades laborales en los sectores agrícolas, construcción y servicios domésticos», se señala en un decreto publicado en el 2014.

En ese año, durante la administración de Luis Guillermo Solis, el decreto se prorrogó por seis meses más hasta el 2015.

Durante todo ese periodo hasta julio del 2019, se mantuvo vigente esta excepción y se estableció en ese mismo año, prorrogarlo por 12 meses más.


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Desde la oficina de la Dirección General de Migración, se informó a AM Prensa que efectivamente este decreto sigue vigente, «por lo cual no se han realizado las multas».

El decreto, que modificó la Ley General de Migración y Extranjería N° 8764, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 1º de setiembre de 2009, busca lo siguiente, según se señala en el documento.

«Se considera oportuno, en aras de la promoción de la regularidad migratoria laboral conforme con la realidad actual, así como considerando las necesidades expuestas por el sector agrícola y agro-exportador y la condición irregular de las y los trabajadores migrantes en éstos, se estima oportuno y pertinente establecer un nuevo modelo de regularización migratoria laboral con la participación de diversos actores institucionales como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Caja Costarricense del Seguro Social, incluyendo dicho sector productivo.

Ello con el propósito de manejar de manera integral los posibles problemas ligados a las situaciones mencionadas anteriormente, evitando poner en riesgo la seguridad del país o la generación de situaciones contrarias a nuestro ordenamiento jurídico», se indica en la última versión de la norma.

Hasta la fecha, el decreto sigue vigente al no haber nuevas directrices en torno a su aplicación.

1 COMENTARIO

  1. Una cosa es cuando todo es normal, pero en situación excepcional como ahora con la pandemia, es que no se puede permitir contrataciones sin reportar a la CCSS. Aún cuando todo este normal, tiene que haber tiempo prudencial, pero que no sea eterno. Estos gobiernos pac son un desastre.

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