Redacción- A partir del 1 de julio de 2020, entrará a regir la lista de productos veterinarios que deberán ser tazados con un IVA al 1% previa exoneración del contribuyente-comprador del producto; según publicación realizada el jueves 27 de junio del 2019 en el diario oficial La Gaceta.

A saber: “l. Anestésicos 2. Antibióticos sulfanados 3. Antígenos para diagnóstico 4. Antitoxinas 5. Bacterinas 6. Detectores de celo 7. Hormonas 8. Medicamentos veterinarios únicamente para especies productivas 9. Nitrofuranos 1O. Opoterápicos 11. Parasiticidas externos e internos 12. Suero 13. Suplementos alimenticios (premezclados minerales, vitaminas y antibióticos y estimulantes del crecimiento) 14. Toxoides 15. Vacunas”.


LEA TAMBIÉN: Glenda Peraza relata los duros momentos que vive tras la enfermedad de su madre


“Aclaramos que el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica (CMVCR), NO participó en la construcción y validación de dicha lista, aunque si hacemos un llamado público a nuestros profesionales para que tomen las medidas del caso en los sistemas de facturación, ya que este tema se suma a las tarifas diferenciadas del 4% en servicios médicos veterinarios y al 13% en los demás productos veterinarios que no aparecen en la lista supra mencionada”, comentó la Dra. Silvia Coto Mora, presidente del CMVCR.

El Colegio reitera que los compradores deben hacer el trámite de exoneración ante el Ministerio de Hacienda para acceder al 1% de la nueva tarifa caso contrario, deberán pagar el 13% también en los productos antes mencionados.

Ante consultas específicas sobre los nuevos productos con el IVA al 1%, el CMVCR recomienda utilizar los canales oficiales de comunicación del Ministerio de Hacienda, ente responsable de la publicación en La Gaceta.

Foto: Clínica Veterinaria Belèn.