Foto con fines ilustrativos.
  • No pueden realizar servicio remunerado de transporte

Redacción – La junta directiva del Consejo de Transporte Público (CTP) estableció la restricción vehicular para que las unidades de transporte de estudiantes puedan circular, a excepción del día establecido.

No podrán circular las siguientes placas:

  • Lunes 1 y 2
  • Martes 3 y 4
  • Miércoles 5 y 6
  • Jueves 7 y 8
  • Viernes 9 y 0

Los días sábado únicamente podrán circular las unidades cuyas placas finalicen en número par.

Para los domingos, podrán circular las unidades cuyas placas finalicen en número impar. En ambos días (sábado y domingo), el horario de circulación será únicamente entre las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m.

Además, las unidades que circulen, de conformidad con el día de la semana y el número final de las placas, únicamente podrán hacerlo entre las 9:00 horas a.m. y las 4:00 p.m.

«En ningún caso, las unidades podrán ofrecer o dar servicios de transporte público remunerado de ningún tipo. Lo anterior en razón de que el curso lectivo fue suspendido por el resto del año 2020, siendo que el permiso correspondiente otorgado es el de transporte de estudiantes, queda sujeto a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 9078», informó el CTP en un comunicado.

Las habilitaciones de traslado de personas para actividades ocasionales se encuentran suspendidas.