Minor Solis/Asamblea Legislativa.

Redacción.   Con 41 votos a favor y cuatro en contra, los diputados aprobaron el expediente 22.265 que amplia el plazo por tres meses para  reducir las jornadas laborales en el sector público ante la declaratoria de Emergencia Nacional.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solo podrá autorizar la nueva prórroga indicada cuando:

a) Se cumplan los requisitos establecidos en esta ley.

b) La persona empleadora no haya abusado de los mecanismos establecidos en la ley o incurrido en incumplimiento de la legislación laboral.

c) La persona empleadora haya sostenido el empleo de las personas sujetas a reducción de jornada, a quienes se pretenda ampliar el plazo de reducción.

d) Se demuestre que las condiciones actuales siguen afectando a la empresa.

De autorizarse la prórroga queda prohibido a la persona empleadora:

1) Establecer horarios laborales fraccionados a la persona sujeta a la reducción de la jornada.

2) Cuando la reducción de la jornada sea a un porcentaje de personas trabajadoras, no podrá pagar horas extra a personas trabajadoras que mantenga en la empresa, sino que deberá reincorporar a la persona con la jornada reducida que se requiera.