Redacción – Este lunes 31 de enero, vence el plazo para pagar sin recargo, el impuesto a las personas jurídicas del periodo fiscal 2022.

Deben cumplir con este deber las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, las casas extranjeras, las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas y las empresas individuales de responsabilidad limitada.

Quienes no atiendan esta obligación se exponen al pago de intereses y a la sanción por morosidad, de acuerdo con lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, e incluso a la disolución de la sociedad, conforme lo dispone la Ley, cuando no se pague el impuesto durante tres periodos consecutivos.

El pago se puede realizar por medio Débito en Tiempo Real (DTR), la página web de la entidad bancaria o directamente en sus ventanillas con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica. 

Están exentas de este pago las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Las tarifas a pagar según el tipo de contribuyente son las siguientes:

 

CondiciónTarifaImpuesto a cancelar
Inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, no inscritos en el RUT con actividad lucrativa (Sociedad Inactiva). 

Inscritos en el RUT con actividad lucrativa (sociedades activas), aprobadas como declarantes del Impuesto sobre la Renta por la Administración Tributaria. 

15%¢69.330
Contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos menores a 120 salarios base*, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.25%¢115.550
Contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos entre 120 y menos de 280 salarios base, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.30%¢138.660
Contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos superiores a 280 salarios base, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.50%¢231.100

*Salario base 2022: ¢462.200