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-Un gran avance dentro del expediente es que se incluirán los animales vertebrados salvajes dentro del delito
-En la actualidad, el máximo de pena por maltrato se encuentra en 12 meses

Redacción: El Consejo de Ministros de España, envió al Congreso la modificación del Código Penal y la ley de bienestar animal, misma que propone sacrificio cero, prohíbe la venta de mascotas en tiendas y circos con animales salvajes.

En concreto, se aumentará de 18 meses hasta dos años de prisión el maltrato que acabe con la muerte del animal y de tres meses a 18 meses de cárcel las agresiones que impliquen atención veterinaria.

En la actualidad, el máximo de pena se encuentra en 12 meses. Una de las principales novedades al proyecto es la inclusión de los animales vertebrados salvajes dentro del delíto, no solo los domésticos, domesticados o que convivan con el hombre como ocurría hasta ahora.

Además, se contempla  como agravante la difusión del maltrato animal en un evento público o difundirlo a través de redes sociales o plataformas virtuales.

La normativa tiene tres objetivos: maltrato, sacrificio y abandono cero. No se podrá sacrificar animales de compañía salvo por motivos sanitarios y eutanásicos.

Por su parte, Catalunya y Madrid ya tienen legislaciones que impiden la muerte premeditada de animales pero en otras autonomías se permite si las perreras u otros espacios se llenan y en otras circunstancias.

Dicha ley impide además prácticas que provoquen sufrimiento, como el uso de collares eléctricos o pinchos, la posibilidad de llevar a los perros atados a un vehículo o su uso en peleas.

Tiendas de mascotas

Como medida para luchar contra el abandono, se obliga a que todos los animales de compañía estén identificados, vacunados y únicamente los puedan criar profesionales. Además, se prohíbe su comercialización y venta, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.

Circos y zoológicos

Se prohíben los circos con animales salvajes y el propósito es que los zoos y delfinarios se conviertan en centros de recuperación de especies autóctonas. También, quedan excluidas  de la ley las corridas de toros y los animales de producción o experimentación, que se rigen por normas específicas.

En cuanto a las mascotas, se ordena que sus propietarios no puedan dejarlas en terrazas, patios o sótanos, vehículos cerrados, ni atados a las puertas de un establecimiento sin supervisión.

De acuerdo con el anteproyecto la una mascota no podrá estar sola tres días consecutivos y, en el caso de los perros, el plazo no podrá ser superior a 24 horas.

El maltrato

Finalmente, dicha ley incorpora la violencia hacia los animales como agravante del maltrato, dado que se ha comprobado que muchos maltratadores usan a las mascotas para hacer daño a sus parejas o exparejas.

«En España hay tres grandes lacras, el maltrato, el abandono y el sacrificio y esta ley lucha contra ello», ultimó la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra.