Redacción – Las sociedades inactivas cuentan con 3 meses más, después del 15 de marzo para la presentación y pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).

De acuerdo con Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, este periodo adicional puede ayudar a los contribuyentes que siguen con dudas sobre como llenar la declaración simplificada de sociedades inactivas como, por ejemplo, los importes por reportar cuando un bien es donado, recibido por herencia, derechos o cuando el activo se tenía desde hace varios años.

También, algunos contribuyentes no han logrado ingresar con éxito en la Administración Tributaria Virtual (ATV), o ser un representante extranjero que no ha logrado tramitar su número de identificación tributaria especial (NITE), entre otros.

Smith explicó que, después de esta reforma, delimitan la información que deben suministrar las sociedades inactivas a los incrementos de sus activos, pasivos y capital, debiendo ser reportado en forma de resumen o simplificado y, de no existir variaciones en esa información, se entendería que es suficiente solo confirmarla, lo que muy probablemente la Administración Tributaria tendrá que definir la forma.

Declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

La mayoría de los contribuyentes que se encuentran inscritos ante la Dirección General de Tributación deben presentar la declaración del Impuesto a las Utilidades o Impuesto Sobre la Renta (ISR) del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.

Este impuesto sobre la renta se calcula utilizando los ingresos totales a los cuales se les resta los gastos incurridos necesarios e indispensables para generar esos mismos ingresos y al resultado neto se le aplica la tarifa del impuesto. La declaración se presenta por medio del formulario D-101 “Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta” en el ATV que es la plataforma que dispone el Ministerio de Hacienda, señaló Smith.

Sanciones 

Si el contribuyente no paga este impuesto y no presenta la declaración se expone a sanciones, según lo establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Quienes omitan presentar las declaraciones tributarias, dentro del plazo legal establecido, tendrán una multa equivalente al 50% del salario base (₡231.100), quienes paguen los tributos después del plazo fijado, deberán liquidar y pagar una multa equivalente al 1% del monto del impuesto dejado de pagar por cada mes o fracción de mes transcurrido desde el momento en que debió cancelar la obligación hasta la fecha del pago. Esta sanción se calcula sobre la suma sin pagar a tiempo y, en ningún caso, superará el 20% de la misma. Si hay un retraso en el pago del impuesto, el contribuyente deberá desembolsar el impuesto dejado de pagar, más los intereses y sanciones correspondientes”, explicó Smith.