Redacción: El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda anunció que suspendió temporalmente el Decreto Ejecutivo 43.642 “Modificación de los Derechos Arancelarios a la Importación de Arroz en Granza y Pilado”.
Mismo que forma parte central de la «Ruta del Arroz» que presentó el Poder Ejecutivo desde el inicio de la actual administración.
El Decreto 43.642, fue firmado por el Poder Ejecutivo en agosto de 2022 y redujo el arancel para la importación del arroz en granza (con cáscara) y bajó de un 35% a un 4% el arancel al arroz pilado.
Cabe destacar que contra esa medida el sector arrocero había interpuesto desde esa fecha una medida cautelar provisionalísima, la cual fue rechazada, dándole al Estado la posibilidad de defenderse.
De acuerdo con la información suministrada, en la medida cautelar presentada los arroceros pidieron la suspensión del decreto firmado por la administración Chaves Robles, argumentando que este afectaba «los intereses de los productores de arroz nacional, la justa competencia, el mercado, la libertad de empresa, siendo el deber del Estado favorecer la protección de sectores vulnerables como los agricultores».
Por su parte, el Estado alegó que debía prevalecer el interés público de mantener el cambio en la política arancelaria, pues lo que se pretende con la modificación de los es que los costarricenses puedan acceder a mejores condiciones de mercado para satisfacer «una necesidad básica de la dieta nacional como lo es el consumo de arroz.
Esto al contar con un nivel arancelario que permita las importaciones de grano para satisfacer la demanda nacional no cubierta por la producción nacional (60%) y, a la vez, sea posible continuar con la actividad productiva de arroz en Costa Rica (40%)”.
Adicionalmente, la jueza rechazó el argumento del Gobierno señalando que «el precio del producto no ha bajado en los niveles proyectados por el Poder Ejecutivo».
De igual forma recordó que, en la medida cautelar, se limitó a hacer un «juicio hipotético de probabilidad sobre la situación jurídica sustancial», ya que le corresponderá al tribunal de juicio juzgar el fondo del caso «de manera profunda».