Redacción – La Defensoría de los Habitantes ha reiterado al Consejo de Transporte Público (CTP) la importancia de garantizar el acceso al transporte público para las personas con discapacidad, señalando que este derecho está vinculado con el ejercicio de otros derechos fundamentales. La institución emitió este recordatorio a raíz de una denuncia sobre un acuerdo tomado por la Junta Directiva del CTP, en el que se planteó la posibilidad de hacer excepciones a la obligatoriedad de que todas las unidades de buses cuenten con rampas para personas con discapacidad.

De acuerdo con el acta N°47-2022 de la Junta Directiva del CTP, se solicitó un criterio jurídico a la Dirección Jurídica del Consejo sobre la posibilidad de exceptuar a algunas unidades de buses de cumplir con el requisito de contar con rampas para personas con discapacidad. Sin embargo, el criterio jurídico recibido en el acta N°12-2023 fue claro al señalar que no se pueden hacer excepciones a la Ley 7600, que establece la obligación de garantizar la accesibilidad en el transporte público para las personas con discapacidad. La Dirección Jurídica indicó que la ley debe aplicarse de manera íntegra, y solo podría modificarse a través de una reforma legislativa.

La Sala Constitucional, en diversas resoluciones, ha resaltado la necesidad de que todas las personas tengan acceso al transporte público sin discriminación, y que no es viable hacer excepciones a la Ley 7600. Esto implica un cumplimiento pleno de los derechos de la población con discapacidad.

La Defensoría ha destacado en varios informes la importancia del transporte público como un medio esencial para que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en la sociedad. Si no tienen acceso al transporte, se les limita el acceso a servicios educativos, laborales, de salud, recreativos, entre otros. En este sentido, el transporte público no solo es fundamental para garantizar la libertad de tránsito, sino que está estrechamente vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos, lo que pone de manifiesto la interdependencia de estos derechos.

La Defensoría recomendó al CTP que tome las medidas necesarias para difundir el criterio legal emitido por su Dirección Jurídica y que, como ente rector del transporte público, asegure que se respeten y protejan los derechos de la población con discapacidad. Además, sugirió capacitar al personal del CTP en la correcta aplicación de la Ley 7600, para evitar interpretaciones erróneas que puedan vulnerar los derechos de este sector de la población.

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