Redacción- El Ministerio de Salud ha emitido un comunicado aclarando que los establecimientos comerciales que elaboran y venden alimentos al público, como sodas, restaurantes, panaderías y otros pequeños comercios, no están obligados a contar con un tecnólogo de alimentos para operar. Esta aclaración responde a algunas dudas que han surgido sobre los requisitos para obtener permisos sanitarios y cumplir con las normativas vigentes.
Según la resolución MS-DM-RC-1012-2025, estos establecimientos no son clasificados como industrias alimentarias, por lo que la presencia de un tecnólogo de alimentos no es un requisito obligatorio. Sin embargo, el Ministerio recuerda que los establecimientos deben cumplir con otras normativas de salud esenciales, como tener personal capacitado en manipulación de alimentos para garantizar la seguridad y calidad en la preparación de los productos ofrecidos al público.
El comunicado también establece que las panaderías que operan a nivel industrial, con procesos de fabricación en mayor escala, sí deben contar con un tecnólogo de alimentos, dado que están clasificadas como industrias alimentarias. Este requisito es esencial para asegurar que los procesos de producción sean adecuados y cumplan con los estándares sanitarios y de seguridad alimentaria.
La resolución tiene como propósito proporcionar claridad sobre los requisitos para la obtención de permisos sanitarios y facilitar el cumplimiento de las normativas de salud por parte de los establecimientos dedicados a la elaboración y venta de alimentos. De este modo, se busca evitar confusiones y garantizar que los comercios cumplan con las normativas necesarias para operar de manera segura y responsable.
El Ministerio de Salud invita a la ciudadanía a realizar denuncias sobre cualquier incumplimiento de las normativas a través del correo electrónico denuncias.funcionarios@misalud.go.cr o llamando al 4003 5100 para recibir orientación adicional.