• Fueron sentenciados a 19 y 18 años de cárcel respectivamente

Redacción – Las condenas impuestas por los jueces a los femicidas de Luany y Allison, reflejan los vacíos que permiten que sean calificados como homicidios simples. El Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) coincide con las familias de ambas víctimas y rechaza estas sentencias.

Este miércoles, el asesino de Allison Bonilla, Nelson «Sukia» Sánchez, fue condenado a 18 años de cárcel. Por su parte, el femicida de Luany Salazar, Kenneth Mejía Chavarría, deberá cumplir 19 años tras las rejas.

Ambos casos estremecieron a Costa Rica por la forma en la que fueron ejecutados. Familiares de Luany la encontraron enterrada en el patio de la casa donde vivía su asesino y Allison fue tirada inconsciente -pero aún con vida- a un botadero clandestino en Cartago. Sus restos fueron ubicados por voluntarios.

Durante el juicio por el asesinato de Allison, la Fiscalía solicitó 35 años de prisión al considerar el acto como homicidio calificado, lo que no fue acogido por el tribunal.

La presidenta del Inamu, Marcela Guerrero, asegura que se debe analizar cómo se llega a concluir que estos casos son homicidios simples y, por ende, las bajas condenas.

«La sentencia dictada hoy en el proceso judicial por el homicidio de Allison Bonilla y la anterior, en el juicio por el homicidio de Luany Valeria Salazar, nos llaman a reflexionar sobre la urgente necesidad de revisar la perspectiva desde la cual se examinan estos casos so pena de propiciar que las violencias se perpetúen, se repitan en otras mujeres», explicó la también ministra de la Condición de la Mujer.


LEA TAMBIÉN: Mamá de Allison destrozada tras condena: «Se siente más el asesino uno que ellos»


Guerrero entizó además que la justicia pronta y cumplida implica también una expectativa de restitución de las víctimas que acuden a los Tribunales, pero eso no se puede en estos casos.

«En casos como los que señalamos, en los que se juzga por homicidios de mujeres, no es posible restituir el derecho violentado, que es el derecho a la vida. La función de la justicia es reparar y por eso es necesario recordar que la reparación tiene una vocación transformadora, de tal forma que tenga un efecto no solo restitutivo, sino también correctivo», puntualizó la Ministra. 

Incluso, desde el Inamu consideran necesario que el tribunal de cada caso se «sensibilice» más con respecto a los femicidios y acojan las respectivas sentencias, aunque su modificación del femicidio ampliado no ha sido publicado en La Gaceta.

Sobre ello, los diputados y diputadas aprobaron la modificación a Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres del año 2007 y sus Reformas.

Ahora, se podrá sancionar a cualquier persona involucrada en asesinatos asociados a la condición de género de la mujer y, fuera de la relación de pareja, pudiendo calificársele como femicidio. Antes, se calificaba como femicidio únicamente cuando era su compañero sentimental quien la mataba.

«Si bien es cierto, la modificación a la Ley y sus reformas no ha sido publicada en La Gaceta, urge que los jueces y juezas se sensibilicen en el tema de género. Desde el Inamu estamos convencidas de que las resoluciones judiciales en materia de violencia contra las mujeres son un recurso más para seguir tratando de alcanzar el cambio cultural que esta sociedad machista y violenta requiere», agregó la ministra.

Por todo lo anterior, Guerrero espera que el sistema de administración de justicia costarricense acoja las indicaciones que, respecto a la debida diligencia en materia de violencia contra las mujeres, han emitido diversas instancias internacionales.