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Redacción-  Este jueves 30 de junio vence el plazo para realizar el segundo pago parcial del impuesto sobre la renta del período 2016. No realizar estos pagos dentro del plazo legalmente establecido, genera la acumulación de intereses.

Los pagos parciales son anticipos del impuesto sobre la renta que se declara y paga, sin recargos, antes del 15 de diciembre de cada año, y a ellos están obligados los 564 mil contribuyentes de este impuesto, excepto las empresas que obtengan los ingresos de actividades agropecuarias.

Durante el año se realizan tres adelantos del pago del impuesto, obligatorios según el artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El primer pago se hace seis meses después de haber iniciado el período fiscal, el segundo nueve meses después de iniciado el citado período y el tercero, tres meses después del segundo.

Esto significa que deberán pagarse a más tardar el último día hábil de marzo, junio y setiembre de cada año.

Este pago puede realizarse por medio de conectividad, desde el sitio web de la entidad financiera autorizada según la preferencia del contribuyente, o bien, apersonándose en las cajas de estas entidades, con solo indicar el número de cédula, sin necesidad de llenar ni presentar ningún formulario.

Para más información, se puede consultar en la página www.hacienda.go.cr; apartado Servicios Tributarios, sección Declaraciones de impuestos o en las administraciones tributarias del país.#AMPrensa