Redacción- El Ministerio de Hacienda comunicó que por esta única vez, la Administración Tributaria ampliará hasta el 5 de diciembre el plazo para el cumplimiento de esta obligación, establecido para el 30 de noviembre de cada año.
Lo anterior con el propósito de no afectar los intereses de las personas que deben cumplir con la presentación de las declaraciones informativas.
Tambien debido a que por la emergencia nacional generada por el huracán “Otto” , fue preciso cerrar las oficinas de la Dirección General de Tributación durante los días 24 y 25 de noviembre, lo que imposibilitó la atención de consultas relacionadas con la presentación de los modelos electrónicos de estas declaraciones :
D-151 “Declaración anual de clientes, proveedores y gastos específicos”
D-158 “Declaración anual, compras y ventas subastas agropecuarias”
D-150 “Declaración anual resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las utilidades”.
Para confeccionar estas declaraciones se debe descargar el programa Declara 7 y para presentarlas se debe utilizar el Declara web. Los íconos de ambos programas están disponibles en la página ww.hacienda.go.cr, sección “Servicios más utilizados”.
Quien incumpla con la presentación de declaraciones informativas dentro del plazo establecido, se puede hacer acreedor a una sanción mínima de ¢4.242.000 y máxima de ¢42.420.000. #MPrensa