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Conductores a un paso de perder la licencia por chocar con el tren

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Redacción – Tras el proyecto de ley presentado por el diputado socialcristiano Rafael Ortíz, los conductores que choquen contra el tren estarían a un paso de perder la licencia por un año.

El proyecto de ley pretende que un conductor acumule 12 puntos cuando  irrespete la señal de alto  y colisione contra  el tren o uno de sus vagones.

Según  lo estipulado en la Ley   equivaldría  a  la acumulación total de puntos permitidos y por consiguiente la suspensión de la licencia por un año.

Asimismo, incluye una multa dentro de la categoría B de 189 mil  colones y la acumulación de 4 puntos en su licencia, al conductor que irrespete la señal de alto  y dañe cualquiera de los dispositivos instalados  en la vía ferroviaria como la de alerta y seguridad.

Este miércoles fue publicada en el diario oficial La Gaceta las que serían las modificaciones parciales a la Ley de tránsito por vías públicas, terrestres y seguridad vial, ley N.° 9078.

El presente proyecto de ley pretende establecer sanciones más graves y hasta la acumulación total de los puntos permitidos para los conductores (que conllevaría a la suspensión de la licencia de conducir), para todo aquel que irrespete las señales de alto en el derecho de vía ferroviario y colisione con el tren, en vista de las repercusiones explicadas anteriormente.

Con la modificación propuesta a la ley de tránsito, además del conductor condenado en sentencia firme por la comisión de los delitos tipificados en Código Penal, Ley N.º 4573, de 4 mayo de 1970, y sus reformas, también acumulará 12 puntos por irrespetar la señal de alto en el derecho de vía ferroviario, colisionando contra el tren o alguno de sus vagones.

De la misma forma, se incluye una multa dentro de la categoría B, sancionada con ₡ 189.000,00 y la acumulación de 4 puntos en la licencia, al conductor que irrespete la señal de alto en el derecho de vía ferroviario y dañe cualquiera de los dispositivos instalados como alerta y seguridad.

Finalmente, se modifica el inciso z) del artículo 145 para que se sancione con una multa de ₡ 94.000,00 a quien irrespete señal de alto en el derecho de vía ferroviario y circule evadiendo el control, estacione u obstruya con cualquier tipo de vehículo el derecho de vía ferroviario.

 

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