Redacción – Con la llegada de las lluvias en todo el país se propician choques leves entre los vehículos, lo que aumenta la demanda de la presencia de oficiales de Tránsito en el sitio del percance.
Así las cosas, si bien será hasta inicios de junio cuando se tenga el conteo de accidentes para el presente mes de lluvias, el Director de la Policía de Tránsito, Mario Calderón, percibe un aumento de estos accidentes, pues es típico que por poca visibilidad y derrape en calle mojada, se den estos pequeños choques.
En los primeros cuatro meses del año se generaron 31.041 atenciones de accidentes, lo que representó la atención de un promedio de 11 accidentes por hora, las 24 horas del día.
En otros términos, cada cinco minutos y medio se trasladó personal al sitio del percance.
El primer cuatrimestre del año reporta 2.835 accidentes más atendidos respecto al mismo periodo del 2016, cuando se asistió a 28.206 sitios de percance.
Para Calderón, la mayoría de estos accidentes, afortunadamente, no representan mayor daño material, y menos humano, pues a veces son simples roces de bumper con bumper, golpes o abolladuras leves en la carrocería que bien se pueden resolver mediante la alternativa de la conciliación vigente desde enero de 2016.
Así, el pasado 7 de mayo se cumplieron 16 meses de vigencia del Decreto Nº 39146MOPT, que le permite a las partes involucradas en un accidente de tránsito menor conciliar entre ellos, sin necesidad de llamar a la Policía de Tránsito.
Con este mecanismo, los conductores pueden solucionar las consecuencias de los eventos viales, en tanto no haya heridos y los vehículos puedan movilizarse sin ayuda de grúas.
El formulario está disponible en el portal digital del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que los usuarios lo impriman y lo porten en el vehículo y también en los sitios digitales de las aseguradoras.
El funcionario estima que los conductores deben valorar esta opción, muy común en otros países, donde las partes involucradas resuelven de forma más rápida tanto al momento del accidente, pues deben esperar menos tiempo, como el procedimiento de reparación de los vehículos.
En esa línea, Calderón insta a los usuarios a portar una copia de la Declaración de Accidente Menor (DAM).
Para lograr la conciliación voluntaria, las partes deben llenar y firmar la DAM, la cual puede complementarse con fotografías o videos, si así lo desean los conductores involucrados en caso de no estar asegurados.
Si existe un vehículo asegurado debe seguirse el procedimiento establecido por las aseguradoras para tales efectos.
“Tenemos muy pocos oficiales de Tránsito, menos de 250 por turno para todo el país y con la consolidación de la lluvias y la rayería debemos enfocar ese recurso humano en regular, ya que la lluvia hace que las personas viajen más lento por precaución y menor visibilidad; por otro lado, los rayos dejan fuera de servicio los semáforos en ocasiones, entonces si debemos trasladar un oficial a un accidente, estamos hablando, en el mejor de los casos, de 30 minutos sin que ese oficial pueda regular un cruce congestionado. Tenemos, entonces, colapso en el cruce con el semáforo descompuesto y en la zona donde están los vehículos involucrados en el choque, porque los conductores no los mueven de su lugar hasta que llega el oficial”, analizó el Comisario.
¿Accidente Menor?
Un accidente menor, según lo establece el Decreto, es aquel en el que solo se presentan daños materiales en los vehículos, sin que esas averías impidan movilizar el vehículo de forma normal, es decir, el automotor debe desplazarse por sus propios medios, sin ayuda de una grúa, por ejemplo.
De igual manera, la conciliación entre las partes involucradas cabe únicamente si no hay lesionados, caso contrario se deberá llamar al oficial de Tránsito.
Asimismo, los implicados deben estar de acuerdo en conciliar, si una de las partes no está de acuerdo entonces simplemente no llena ni firma la DAM y procede a llamar a un inspector de Tránsito por las vías habituales.
Para recurrir a este tipo de conciliación no es indispensable que las partes posean un seguro, pues la conciliación por esta vía lo que determina es el compromiso de buena fe de una de las partes a pagar o la aceptación de ambas partes en cubrir los daños por su cuenta.
Si se firma la DAM pero luego una de las partes incumple el acuerdo, los involucrados deberán acudir a la via judicial correspondiente, donde podrán presentar como prueba la Declaración de Accidente Menor firmada al momento de la colisión.
Si las partes tienen seguro, deben en primera instancia comunicarse con su aseguradora y seguir el procedimiento establecido para estos casos.