Redacción- La Procuraduría General de la República, respondió favorablemente a través del dictamen C-132-2017, la consulta realizada por la Dirección Nacional de Pensiones (DNP) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), sobre la factibilidad de otorgar pensión por sobrevivencia a convivientes del mismo sexo, al amparo de la Ley 7531 del Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional.
En su pronunciamiento el órgano asesor destaca “que excluir de las prestaciones económico asistenciales del Régimen de Reparto del Magisterio Nacional a las personas que integran parejas del mismo sexo que sin impedimento legal alguno deciden establecer y mantener una relación estable y permanente con obligaciones de asistencia, de protección y dependencia, similar a las otras relaciones aludidas, constituye una discriminación directa en razón de la orientación sexual que resulta contraria al principio de igualdad de trato y de la dignidad humana, y por ende, contraria al Derecho Internacional y a la Constitución Política”
En el mismo orden de ideas, indica que: “… la protección otorgada a los compañeros y compañeras permanentes de las parejas heterosexuales debe ser ampliada a los compañeros y compañeras permanentes de las parejas homosexuales, por cuanto no existe un fundamento razonable y objetivo suficiente para explicar el trato desigual al que vienen siendo sometidas las personas que en ejercicio de sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de opción sexual, han decidido conformar una pareja con una persona de su mismo género…”
Con este nuevo insumo se dará prioridad a la elaboración de la Directriz Ministerial que instruya la ampliación del derecho a pensión por concepto de traspaso, a las parejas del mismo sexo, delimitando además los mecanismos idóneos para demostrar la convivencia, los cuales deben alinearse con la simplificación de trámites contenida en la Ley 8220 y su Reglamento.
Actualmente el Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional tiene 41.011 beneficiarios, de estos 6.275 pertenecen al Régimen Transitorio de Reparto bajo la Ley 7531.