Inicio Nacionales Esto es lo que dice el MEP sobre despidos de educadores en...

Esto es lo que dice el MEP sobre despidos de educadores en huelga

0
Afiliados de ANDE durante la huelga. Foto: AM Prensa

Redacción – El Ministerio de Educación Pública (MEP) desmintió mediante un comunicado oficial un audio que circula en WhatsApp y otras redes sociales. En este se escucha a una mujer hablando, por más de un minuto, sobre entregas de cartas de despido sin responsabilidad patronal a docentes de la institución.

La grabación afirma que “una muchacha en Naranjo o Zarcero” recibió una carta de despido sin responsabilidad patronal por reincorporarse a trabajar tras haber estado dos semanas en la huelga convocada por los sindicatos. Agrega que quien vuelva a trabajar sin haber finalizado la huelga deberá justificar las ausencias de las últimas tres semanas y se expone a ser acusado por abandono de trabajo.
La Dirección de Recursos Humanos desmiente esa afirmación y la cartera reitera que los trabajadores que han estado en huelga pueden reintegrarse a sus labores en el momento que lo deseen sin ninguna preocupación.
“Voy a hablar claro. Nadie va a a ser despedido. El artículo 373 del Código de Trabajo ampara a quien va a huelga, a quien no va a huelga y a quien regresa a su trabajo”, subrayó el ministro de esta cartera, Édgar Mora.
El artículo 373 del Código de Trabajo establece que el derecho a huelga comprende el derecho a participar del movimiento, el derecho a no participar y el derecho a cesar la propia participación en cualquier momento.
“Las maestras y maestros que decidan volver a sus funciones pueden hacerlo sin temores, si un superior les pide justificar las ausencias de las últimas semanas sería absurdo porque es público y notorio que buena parte de loa funcionarios han estado en huelga”, afirmó Mora.
Desde el 10 de setiembre, el MEP tramitó, por medio de la Procuraduría General de la República, la solicitud de declaratoria de ilegalidad de la huelga convocada por los sindicatos y se encuentra a la espera de su resolución.
Si esto se da, los sindicalistas pueden apelar en un plazo de tres días o sino, desde que se les notifique la declaratoria de ilegalidad, deberán presentarse máximo en 24 horas a sus lugares de trabajo.

Salir de la versión móvil