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Fallo ordena al Sinac devolverle 188 hectáreas de bosque a Refugio Gandoca Manzanillo

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Foto por Visit Costa Rica con fines ilustrativos.
  • Magistrados acogieron acción en territorios de zona boscosa

Redacción- Un fallo de la Sala Constitucional ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), devolverle 188 hectáreas de bosque al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

La Sala IV declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad contra la ley número 9223, en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa.

Dicha ley, que data del 10 de marzo del 2014, modifica los límites de la zona protegida del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, en la provincia de Limón; y fue impugnada ante el máximo Tribunal por la Asociación de Desarrollo para la Ecología, reclamando una reducción del área de protegida sin que existiese una compensación.

Este miércoles 10 de julio, los magistrados acogieron la acción únicamente en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa, lo que corresponde a 188 hectáreas, tal y como los dispuso la Procuraduría General de la República en sus informes presentados para este caso.

«Por tanto, se ordena al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) que proceda, dentro del plazo de 12 meses, a delimitar el área mencionada y, en conjunto con la Procuraduría, ejercer las acciones legales correspondientes en defensa del patrimonio público», comunicó la Sala IV.

La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.

«La Sala Constitucional hace un equilibrio entre la protección de ambiente y una problemática social que viene desde hace décadas, de forma tal que se garantiza el derecho a las personas que se encuentran en las zonas urbanas, pero por el otro lado, se protege al medio ambiente al declarar inconstitucional la falta de estudios técnicos de 188 hectáreas que están en la zona boscosa», manifestó el presidente. del Tribunal, Fernando Castillo.

En síntesis, la ley deja de tener efecto solamente para aquellos territorios comprendidos en la zona boscosa de 188 hectáreas, esa delimitación se realizará técnica y jurídicamente por la Procuraduría y el Sinac en un plazo de 12 meses.

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