- Hay un congelamiento laboral momentáneo
Redacción- Si usted es de las personas a las que su patrono le suspendió su contrato laboral o rebajó su jornada por el impacto económico del Covid_19, preste atención a esta información.
El Viceministro de Trabajo, Ricardo Marín, en conversación con AM Prensa, dio detalles de lo que implican ambas medidas, tomadas por muchos empleadores tras la crisis.
La suspensión del contrato significa que la relación laboral queda suspendida de forma momentánea, no definitiva.
«Esto quiere decir que cuando vuelvan las condiciones normales, el trabajador vuelve a la relación normal con ese patrono.
De requisito es importante que si el trabajador sabe que el patrono hizo la suspensión del trabajo, se hace efectiva el día en que se les indica, pero debe ser también validada por el Ministerio de Trabajo», explicó Marín.
En la siguiente entrevista, Marín explica más a fondo estas y otras medidas que se están tomando para reducir el impacto del virus a nivel laboral.