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Gobierno anuncia restricción vehicular diurna y ampliación de nocturna por pandemia

Funcionará de acuerdo a circulación de placas

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Foto: Roberto Carlos Sánchez
  • Para evitar contagio y aglomeraciones

Redacción- El presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció la ampliación de horarios de restricción vehicular nocturna para las próximas semanas.

Del viernes 3 de abril y hasta el martes 7 de abril se amplía la restricción nocturna en todo el territorio nacional de 5:00 pm a 5:00 am.

También se restringirá el transporte público de larga distancia y se cerrarán establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial, se permiten los servicios a domicilio.

A partir del sábado 4 de abril y hasta el martes 7 de abril, la restricción diurna se aplicará de 5:00 am a 5:00 pm en todo el país, con distribución de placas.

Sobre la restricción vehicular diurna ampliada, no se permitirá el tránsito según el número final de la respectiva placa de circulación:

Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.

Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.

Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.

Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.

Del miércoles 08 al domingo 12 de abril

Por 5 días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos, intercambio de servicios, y tránsito de personas, en virtud del estado de emergencia nacional.

Esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Emergencias y Prevención del Riesgo, respecto a la potestad del Poder Ejecutivo de imponer restricciones temporales durante una emergencia nacional.

«Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas.

Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días», señaló Presidencia. 

También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.

-No circulación de vehículos por las vías públicas. La lista de excepciones será comunicada el día de mañana.
-Se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales.
-Restricción al tránsito vehicular con las siguientes excepciones: acceso a supermercados, farmacias y centros de salud sin restricción horaria.
-En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:

Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.

Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.

Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.

Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.

Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.

El sector público se mantendrá en modalidad teletrabajo y atendiendo la emergencia durante Semana Santa y solo se darán los feriados de ley que corresponden a jueves y viernes, para evitar que vacacionen.

El 13 de abril se retomarán las restricciones vigentes al día de hoy.  

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