Redacción. Los diputados aprobaron esta mañana en segundo debate y con 43 votos a favor, el expediente 21.400: Ley para la definición de la canasta básica por el bienestar integral de las familias.
Este proyecto tiene como objetivo garantizar un mayor acceso de la población de menores ingresos a la adquisición de los productos de la canasta básica.
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La canasta básica deberá estar conformada por alimentos de todos los grupos alimenticios, para proteger los ingresos y gastos de los hogares de los primeros tres deciles de ingreso económico y garantizar una dieta balanceada. Además, se incluirán productos de limpieza, higiene personal y los artículos escolares.
Sin embargo, no podrá incluir bienes que no estén siendo consumidos primordialmente por el treinta por ciento (30%) de los hogares de menores ingresos, de conformidad con los datos de consumo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
El Ministerio de Hacienda definirá, junto con el MEIC y con base exclusivamente en los datos provistos por la encuesta que mida el consumo, el gasto y el ingreso de los hogares.
A partir de ella, el Ministerio de Salud deberá definir todos los bienes alimenticios y valorará la inclusión de los de alto valor nutricional que son consumidos por este segmento poblacional, con base en criterios como: alimentación mínima necesaria y para la subsistencia, participación de los bienes en todos los grupos alimenticios existentes y balance nutricional.