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Patronos y trabajadores independientes morosos con la Caja serán condonados con sus deudas

Aplica para los contribuyentes que tengan deudas pendientes que superen un año de antigüedad

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Edificio oficinas centrales CCSS. Foto: Adrián Meza Cordero / AM Prensa

Redacción- Los diputados autorizaron a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a condonar los montos relacionados a intereses, multas y recargos a los contribuyentes que tengan deudas pendientes que superen un año de antigüedad al momento de la entrada en vigencia de la ley.

Además, para el caso de los patronos, autoriza a las entidades públicas para que tramiten y otorguen una condonación que comprenderá el principal y las multas, sanciones e intereses de los montos adeudados según la ley de Fodesaf, INA IMAS y la ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

La norma establece que a partir de la entrada en vigencia el contribuyente tiene 12 meses para realizar el pago del principal en un solo tracto o buscar un acuerdo de pago con la entidad.

Para recibir el beneficio los contribuyentes deben hacer  una solicitud donde exprese que desea acogerse a la condonación.

Para aplicar a los beneficios debe tomar en cuenta lo siguiente:

  1. Sino están inscritos, deben inscribirse.
  2. Aplica si tiene deudas pendientes por más de un año de antigüedad.
  3. Y tanto para patronos como independientes, en caso de tener en proceso una investigación administrativa iniciada en su contra para el cobro de periodos retroactivos, que aún no se encuentre firme en sede administrativa, sea que se encuentren en una fase inicial, en la notificación del traslado de cargos, notificación del acto administrativo o en fase recursiva, el trabajador independiente y el patrono, para acogerse a la condonación deberá suscribir junto con la CCSS un acuerdo de transacción en el cual se plasmará la condonación en los términos de esta Ley.
  4. Igualmente, para patronos e independientes, en caso de tener procesos judiciales iniciados, deberán pagar los gastos incurridos por la Caja correspondientes por concepto de honorarios.

La norma confiere a la Caja 90 días, contados a partir de la aprobación de esta ley, para que procederá a realizar los ajustes en sus sistemas de información, así como a reglamentar las condiciones, requisitos y trámites necesarios para la implementación de lo dispuesto en esta Ley.

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