• Algunos feriados entre el 2020 y 2024 fueron trasladados para convertirlos en fin de semana largo

Redacción – Se acerca la celebración del Bicentenario y, para conmemorar el Día de la Independencia, se disfrutará el próximo lunes 13 de setiembre por el adelanto de feriados. Entonces, ¿cómo corresponde el pago?

El 15 de setiembre es un pago obligatorio y, al existir la particularidad del adelanto de feriado, la remuneración será por el lunes laborado.

La legislación establece que ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día feriado, únicamente si está de acuerdo. Así que, si un colaborador se niega a trabajar en esa fecha, no puede ser sancionado por esa causa.

Para las empresas que pagan salario semanalmente, es decir, que reconocen en el sueldo solo el tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el lunes 13 de setiembre. Si se labora en el feriado, el salario adicional deberá ser doble.

Aquellos centros de trabajo que paguen mensual o quincenalmente y reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 13 de setiembre.

Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para que se complete el pago doble que establece la ley. Además, si en el feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple.

Algunos feriados entre el 2020 y 2024 fueron trasladados de día para su disfrute mediante la ley 9875, aprobada para promover el turismo y la reactivación económica en el marco del Covid-19.