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«En el servicio público no hay gratuidad», dice ARESEP sobre cobro de reinspección vehicular

Al no cobrar la empresa sufriría un faltante en su actividad económica

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  • Las tarifas compensan el servicio, costos de la operación y equilibrio financiero de Dekra.

Redacción- El gobierno había anunciado que con la nueva empresa encargada del servicio de la Revisión Vehicular DEKRA, no cobraría reinspección por una falla; sin embargo, en la puesta de operación se incluyó un cobro producto de un análisis realizado por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).

La Autoridad Reguladora manifiesta que hizo un análisis del servicio prestado por el anterior operador de la inspección vehicular, de acuerdo con la cantidad de vehículos atendidos y aquellos que requirieron de una inspección posterior (re-inspección).

Dicho análisis fue un ajuste solicitado por el Ministro Luis Amador Jiménez del MOPT que indica:

«En el presente estudio se están definiendo bandas tarifarias para la reinspección con base en la información disponible a este momento (12 de agosto de 2022), mediante la cual se estimó la relación entre la tarifa de la reinspección y la tarifa de inspección. En ese sentido, el cálculo tarifario considera que los costos totales de la prestación del servicio se estarían cubriendo con los ingresos a percibir mediante el cobro de las tarifas propuestas de inspección y reinspección», señala la petición.

Al parecer en lo solicitado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), no se incluía una propuesta gratuita de reinspeción sino que fue la compañía alemana la que lo presentó en su oferta de concurso.

La ARESEP señala que el ministerio es la entidad a cargo de definir las reglas y parámetros del servicio de inspección técnica vehicular, pero es la ARESEP es la encargada de definir las tarifas en concordancia con la ley No. 9078.

Afirma que al tratarse de un servicio público no es posible ningún tipo de gratuidad en el
mismo, ya que las tarifas compensan el servicio, costos de la operación y se debe garantizar el equilibrio financiero, así como asegurar en las condiciones de calidad, accesibilidad y continuidad de servicio para la ciudadanía.

«De ahí que, si la empresa operadora brinda un servicio gratis, está asumiendo un costo de equipo, personal y atención que no podría considerar posteriormente como un faltante en la actividad económica este servicio debe acogerse estrictamente a las tarifas emitidas por esta autoridad reguladora y bajo las condiciones técnicas y legales bajo las cuales se
fijaron estas tarifas», dijo ARESEP.

La empresa Dekra o cualquier otra que preste este servicio , operadora del servicio de inspección vehicular, tiene la posibilidad de presentar al menos una vez al año una solicitud de revisión de tarifas en el momento que crea oportuno, y la ARESEP tiene la potestad de analizar y definir ajustar las tarifas de acuerdo con la información que aporte y las condiciones técnicas

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